Opinión

Justicia abierta, estado de derecho y participación ciudadana

Esta idea de la Justicia Abierta fue tratada en el Acta de San Francisco de Quito, Ecuador, en la XIX Asamblea Plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana.
miércoles, 16 febrero 2022

Comienzo por hacerme una interrogante que será el leitmotive, el motivo central recurrente de estos contenidos : ¿Son la Justicia Abierta y el Estado de Derecho factores esenciales para una adecuada y libre Participación Ciudadana?

Primero, ¿a qué se denomina Justicia Abierta? Para responder a la interrogante anterior hemos de conocer de dónde se origina la expresión “Justicia Abierta”.

Esta definición se deriva de una concepción innovadora de lo que representa un “Gobierno Abierto”, que no es más que un nuevo paradigma de gobernanza que indaga el fortalecimiento de la democracia por medio de una correlación diferente con la ciudadanía. Buscando el diseño de políticas y su implementación por vía de acciones que permitan traslucir las labores de un gobierno y así optimizar la desenvoltura de los servicios y la información del mismo y su maestría en dar respuestas a nuevas opiniones, petitorias y necesidades.

De lo anterior se puede derivar lo que es una “Justicia Abierta”. Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), una de las consideraciones fundamentales de un gobierno abierto es el fortalecimiento de la legalidad y credibilidad de la democracia como constructo forma de gobierno, en otras palabras, un poder Ejecutivo sentado sobre verdaderos principios de transparencia, participación y colaboración.

En síntesis, la particularidad de la justicia abierta es que la ciudadanía sea el pivote de los servicios públicos para la administración de justicia para la atención de las necesidades ciudadanas con propuestas creativas, asequibles, que aviven la transparencia en el trabajo institucional, lográndose así una mayor colaboración interinstitucional como misión y visión. Esa justicia abierta atiende también a los principios de transparencia, participación y colaboración.

Esta idea de la Justicia Abierta fue tratada en el Acta de San Francisco de Quito, Ecuador, en la XIX Asamblea Plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana (18,19 y 20 de Abril de 2018) en el Eje Justicia Abierta. Grupo encargado de desarrollar un documento que contribuya al fortalecimiento e innovación de la administración de justicia en cada uno de los países que conforman la Cumbre Judicial Iberoamericana.

Por otro lado, a nivel judicial la transparencia se maneja hacía dos vertientes, primeramente, debe tratarse lo relativo a la del inicio de procesos, procedimientos y datos valiosos para las personas, esto contiene, por ejemplo, la adquisición de cierta información concerniente a las funciones administrativas, a la concesión de recursos, contratación de personal y a la operación de las comisiones internas.

Y, con respecto a las funciones jurisdiccionales, este mismo objetivo envuelve la apertura de los procesos de discusión interna y la información creada con base a ese proceso deliberativo interno.

Por otro lado, en cuanto a la transparencia, esta no es otra cosa que la disposición para vislumbrar el derecho y la ley, de tal forma se debe hacer uso de expresiones claras en las decisiones de los tribunales, como una manera de que la ciudadanía entienda y crea cada uno de los fallos judiciales.

Así entonces, traslucir datos favorables, la información sobre el provecho y el perfil de los jueces favorece a retirar conductas anómalas debido a que exhibe las decisiones y la actuación de los tribunales a la opinión pública, demostrando, así como la actuación del poder judicial puede neutralizar consecuencias negativas de los traspiés o la maniobra manipuladora en la propagación de la información.

Entremos ahora con el Estado de Derecho en la Democracia. Hablar de esta figura jurídico-política obliga a referirse a dos grandes elementos, el primero de ellos principalmente de tipo formal que radica en la vigencia segura y efectiva de un orden normativo con figura piramidal regido por una Constitución que avale los derechos humanos de todos los habitantes, a la cual se someten de forma jerárquica todas las demás normas y los actos de los poderes públicos; el segundo, que reside en una ciudadanía activa empoderada de sus derechos y practicando democracia. Estos dos componentes son inseparables e indivisibles.

Según la ONU, en el “Informe del Secretario General sobre el Estado de Derecho y la justicia de transición en las sociedades que sufren o han sufrido conflictos”, el Estado de Derecho se define como:

“un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos.” .

Quiere decir entonces, que en un país no hay Estado de Derecho cuando no se certifica esencialmente la igualdad de todos los individuos de la sociedad sustentado en el principio de que toda persona es igual ante la ley.

Luego, en las sociedades donde no se ejercita el imperio de la ley las personas no poseen la oportunidad de tener una defensa igual cuando se cause un quebrantamiento de los derechos.

Hemos de señalar en primera instancia que la Participación Ciudadana es fundamental en la construcción de la democracia. ¿Por qué? Pues favorece de cierta manera una vigilancia, un control de los gobiernos y sus protagonistas los gobernantes, al mismo tiempo informar sobre las necesidades y transmitir mejor las predilecciones de la ciudadanía, desacelerar los problemas, beneficiar los convenios y hacer menos dispendiosa las tomas de decisiones políticas, etc.

¿Ahora, qué incidencias puede haber sobre la Participación Ciudadana de no existir una Justicia Abierta y del Estado de Derecho?

Como han podido observar en la lectura de los anteriores contenidos, la participación es uno de los factores claves dentro de lo que se conoce como una Justicia Abierta. En ese sentido, tratemos de explicar en qué consiste la Participación Ciudadana y cuál es su función principal dentro de una verdadera democracia.

Según “Transparencia Venezuela”, una asociación civil sin fines de lucro, no partidista, plural y sin filiación política que se dedica a promover condiciones, procedimientos y factores para prevenir y disminuir la corrupción, en Venezuela, según José Juan Sánchez González, en artículo titulado “Transparentando los Poderes Públicos: Gobierno Abierto, parlamento y justicia abiertos, en Revista Venezolana de Gerencia, vol. 23, núm 81, 2018, establece:

“Participación en el sistema de justicia: el concepto de partipatory justicie, un modelo de solución a las problemáticas donde las partes participan activamente en la búsqueda de soluciones. Este modelo incluye métodos dirigidos a reforzar la participación, el consenso y la prevención de conflictos. (….) Dentro de este grupo, se incluyen instituciones del derecho civil, como la mediación, la conciliación y el arbitraje. También la herramienta del Amicus Curiae, a través de la cual el poder. judicial puede solicitar a personas e instituciones con trayectoria en un tema su opinión frente a un caso en particular”.

Recordemos que el Amicus Curiae significa “amigo de la corte o tribunal”, es una figura jurídica usada para elegir o designar a quien o quienes voluntariamente interceden en un litigio constitucional para contribuir con su opinión, considerándose que sus informaciones son significativas cuando se está tratando de un interés colectivo.

Así entonces, la justicia abierta, al incluir la participación de la ciudadanía origina una percepción de acercamiento en relación a los tribunales y de esa manera se produce el conocimiento sobre la institución agrandándose el nivel de confianza en ellos y de sus decisiones, y admitiéndose un mejor entendimiento del rol que poseen en la vida de cada individuo. Por otro lado, al participar se logra que los ciudadanos crean en la labor del Poder Judicial y defiendan las acciones del tribunal con su interposición.

Los primeros beneficiados, además de la ciudadanía son los jueces, debido a que con esa participación ciudadana adquieren una mayor visión de legitimidad social para ejercer con una mayor autoridad (auctoritas), en la toma de decisiones judiciales.

Así entre otros ejemplos, el divulgar información sobre los espacios de tiempo para la solución de casos o las partes involucradas en las discusiones darán cuenta del beneficio, igualmente toda aquella información oportuna vinculada a los procesos de elección de los integrantes de los tribunales, conteniendo exámenes, entrevistas y el desempeño de otras exigencias legales que ayudan a avalar su independencia, profesionalismo y honradez. Luego entonces, es lógica y necesaria la participación como factor esencial para el ejercicio de una Justicia Abierta en Venezuela.

Sin embargo, en conclusión, sin un Estado de Derecho y una Justicia Abierta, en específico la inexistencia del Estado de Derecho es una señal, una raíz significativa de la pobreza en los países, porque se desconoce la protección igualitaria que la ley concede a todos los individuos o ciudadanos, y ello implica que la transparencia, la participación ciudadana, los compromisos y la adecuada gobernanza que afianzan el desarrollo de la persona y la sociedad no existen entonces.

Y ello de manera explícita nos mueve a pensar que también no prosperará una Justicia Abierta, debido a que iría en contra de los propósitos de gobiernos o más bien regímenes no democráticos.

Estimado lector, cualquiera sea tu ideología, a continuación, le presentaré una interrogante que sólo Ud. podrá contestar con base a sus conocimientos y experiencia:

¿Considera Ud. que en Venezuela se aplica o podrá aplicarse la “Justicia Abierta” como vía sustantiva para lograr una Participación Ciudadana propia de una Democracia? Gracias.

“La aceptación de la opresión por parte del oprimido acaba por ser complicidad; la cobardía es un consentimiento; existe solidaridad y participación vergonzosa entre el gobierno que hace el mal y el pueblo que lo deja hacer.”
Víctor Hugo

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