Opinión

Guayana Esequiba: Embadurnados con los intereses de las transnacionales

Debemos sostener la convicción en todas las instancias, especialmente de la Corte Internacional de Justicia, que poseemos los Justos Títulos que conforman, a su vez, las razones y argumentos jurídicos, cartográficos y sociohistóricos que nos asisten.
sábado, 21 enero 2023

De todos es bastante conocido que cada término tiene una curiosa historia; y algunas veces, dando rienda suelta a la imaginación, un inmenso caudal de relatos adquiere cierta síntesis en un solo étimo.

Con un único vocablo, usted construye un espectro de posibilidades de decir y enunciar; pero llevado con sumo cuidado.

Así también, se conoce que una palabra empleada con falsedades; pronunciada con extravagancia o maquillada para que diga lo que no le corresponde, constituye un camino oculto o riesgoso.

La aseveración anteriormente descrita cobra mayor énfasis en el Derecho Internacional Público; donde hay que medir milimétricamente lo que se dice, negocia, suscribe, ratifica y lo que se hace; so pena de quedar atragantados en las fauces de empresas inescrupulosas o de anudar el destino de la nación a países insaciables, que hasta ayer juraban ser amigos.

Aunque hemos aprendido en la Academia que los códigos lingüísticos se encuentren en permanente dinamismo; operando –según las épocas- con variaciones y cambios; no obstante, siempre resulta válida esta serísima advertencia: Si no se precisa la expresión, lo que en verdad se quiere decir, entonces se corre a contrapelo de la realidad.

Recordemos que el lenguaje es un fenómeno social (y jurídico, también), que debe calzar con lo que tal hecho social envuelve.

No es necesario profundizar en discusiones intelectuales, en tecnicismos o elucidaciones académicas de alto nivel para percatarnos que las decisiones que se vienen dando en los últimos años en Guyana a lo que menos apuntan, precisamente, es a alcanzar una solución pacífica, práctica y satisfactoria, en la controversia limítrofe con nuestro país.

Y saben por qué, porque ellos se encuentran demasiados ligados a las estructuras poderosas de las transnacionales. Se dejaron atrapar en un juego maniqueista donde les imponen designios, ajenos inclusive a su propia identidad y cultura.

Poco les importa la decencia o pulcritud del lenguaje diplomático. Pretenden resignificar las cosas, según sus conveniencias. Intentar una lúdica muy particular (a su gusto) con las palabras, para pescar incautos.

Los asesores de esos inmensos consorcios están perfectamente enterados de todo cuanto se adelanta por ante la Corte Internacional de Justicia.

Ellos saben lo que están arriesgando, al producirse una resolución que emane de esa Sala Juzgadora en estricto derecho, atendiendo a sanos principios, doctrinas y jurisprudencias asentadas en sentencias similares.

Los regímenes políticos en Guyana, desde Forbes Burnham (CNP) hasta el actual de Irfaan Ali (PPP) se han encargado de hipotecar el destino y futuro de esa nación, tanto a empresas transnacionales como a países con los cuales ha trazado ligazón ideológica; cuya denominación dada por ellos “estrategias de vínculos internacionales”, ya han arrojado consecuencias suficientemente conocidas.

Al día de hoy, se encuentran atragantados y comprometidos con una especie de “fundamentalismo económico “que aspira dominar al mundo y comprar jueces y sentencias.
Entonces, nos preguntamos, de qué “independencia económica” hablan los capitostes guyaneses, en los distintos escenarios internacionales.

Interroguémoslos: a cuál progreso autogestionario aluden, ni qué babosadas; cuando sabemos que están entregados hasta la coronilla a las transnacionales.

Aprovechamos la oportunidad para citar al psiquiatra y psicoanalista francés Jacques Lacan, cuando advertía, a cada momento, a los estudiantes del Mayo Francés de 1968, en los siguientes términos: “Ah, ustedes ¿son revolucionarios? Muy bien. Pues sepan que la revolución siempre está en busca de un amo. No se preocupen, lo van a encontrar”.

Para el presente caso, referiremos – con precisión—a los “dueños económicos” de aquella nación.

Ante tan lapidario aserto, uno llega a concluir que les va a costar después emanciparse de esos amos

Por nuestra parte diré, a modo de justa reflexión, que luce extemporáneo que nos dediquemos a analizar o seguir discutiendo en los medios de comunicación y en las distintas plataformas –donde se vislumbre el caso de la Guayana Esequiba– la banalidad de que si el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas tenía o no facultades o competencias para remitir esta contención a la Corte Internacional de Justicia.

Lo hizo, y ha corrido bastante agua “debajo de ese puente”.

Tanto que nos encontramos en espera de una decisión sentencial (que no va al fondo del asunto); sino que debe basarse en la Excepción Preliminar que introdujimos, el 07 de junio del año pasado.

Visto así, Entonces, la Corte resolverá la admisibilidad o desestimación de la demanda que nos hizo Guyana.

No perdamos más tiempo en discernir la impropiedad o desacierto del Secretario General. Ya el asunto se encuentra en el Ente Sentenciador de las Naciones Unidas.
Algún día quedarán develados los motivos que tuvo para proceder con tan amañada manera.

Qué nos corresponde hacer este año 2023, que se inicia. Veamos nuestras tareas, por lo pronto: continuar con la indetenible labor de concienciación- por todo el país– entre los compatriotas venezolanos, con suprema insistencia que este es un asunto de Estado; donde todos nos requerimos – sin mezquindades y sin diferenciaciones odiosas-.

No cometer el gravoso error de partidizar este asunto. Mantener el bloque compacto de reclamo y difusión de todo cuanto vayamos adelantando al respecto. Reafirmar, en nuestros discursos, además, que los bastantes reclamos intentados por vías diplomáticas, políticas y jurídicas no se sustentan en caprichos, reacciones intemperantes, desproporcionadas o injustas. No es una malcriadez o terquedad de nuestra parte.

Debemos sostener la convicción en todas las instancias, especialmente de la Corte Internacional de Justicia, que poseemos los Justos Títulos que conforman, a su vez, las razones y argumentos jurídicos, cartográficos y sociohistóricos que nos asisten; llegado el caso de que tengamos que ir a juicio, y hacernos parte del mismo.

Justos títulos o documentos traslaticios que recibió el compatriota Fermín Toro, en nombre de la naciente República de Venezuela, el 30 de marzo de 1845, de manos de la de la delegación que envió la reina Isabel II, en un acto hermoso, celebrado en el Puerto de La Guaira.

El citado legajo jurídico asienta en su contenido, para la posteridad, lo siguiente:

“Su Majestad Católica, Isabel II, usando la facultad que le compete por decreto de las Cortes Generales del Reino de 4 de diciembre de 1836, renuncia por sí, sus herederos y sucesores, la soberanía, derechos y acciones que les corresponden sobre el territorio americano conocido bajo el antiguo nombre de Capitanía General de Venezuela, hoy República de Venezuela.

A consecuencia de esta renuncia y cesión, S.M.C. reconoce como nación libre, soberana e independiente a la República de Venezuela compuesta de las provincias y territorios expresados en su Constitución de 1811 y demás leyes posteriores…”

Basta el citado legado histórico para invocar, por honor y en reclamo de justicia, el irrenunciable Principio de Sucesión en la Posesión (que no ocupación) de la Guayana Esequiba.
Venezuela ha estado permanentemente munida de Títulos Jurídicos que la respaldan en cualquier ámbito internacional.

El Imperio Español, a pesar del Decreto de Guerra a Muerte, no puso reparos ni hubo resentimientos para ratificar el contenido de la Cédula Real de Carlos III, del 08 de septiembre de 1777, cuando crea la Capitanía General de Venezuela, incluyendo nuestro costado este, hasta el río Esequibo.

Dicho, con mayor claridad y precisión: recibimos la titularidad del dueño anterior, de lo que ahora denominamos la Zona en Reclamación; pero que tampoco fue una concesión obsequiosa ni arreglos o tratativas; sino hechos resultantes de duras batallas hasta alcanzar nuestra independencia.

Tal Principio de Sucesión nos confiere ipso-facto el Dominio Principal y el pleno Derecho de Soberanía sobre esta séptima parte de nuestra geografía nacional.

Guyana en la Acción interpuesta en la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en contra de Venezuela, aspira que tales hechos jurídicos e históricos sean execrados.
Guyana pide en su demanda (descaradamente) que la CIJ desestime cualquier documento probatorio de nuestra parte.

Dr. Abraham Gómez R.
Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua
Asesor de la Comisión de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial
Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV)
Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba

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