Nación

TSJ declara nula reforma parcial del Reglamento de Interior y Debates de la AN

La decisión del TSJ responde a una demanda de nulidad presentada por los diputados opositores Leandro José Domínguez, Jesús Gabriel Peña y José Gregorio Noriega, el pasado miércoles 18 ante el organismo judicial.
Por: AVN
jueves, 19 diciembre 2019
TSJ
Cortesía | Mendoza agregó que la Constitución Nacional exige la dedicación exclusiva

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la nulidad absoluta a la reforma parcial del Reglamento de Interior y Debates que un grupo de diputados la Asamblea Nacional (AN) aprobó el pasado martes 17 de diciembre.

“Existe elementos necesarios para que un acto legislativo goce de la legalidad y la legitimidad, los cuales por hechos públicos, notorios y comunicacionales, fueron irrespetados al saber la inadecuada convocatoria para dicho proceso de reforma, que debe cumplir con todas las formalidades. Razón por la que declaramos la nulidad absoluta de la modificación del referido instrumento que haya realizado o pretenda realizar la Asamblea Nacional en desacato”, indicó el presidente de la Sala Constitucional del TSJ, magistrado Juan José Mendoza.

Durante la lectura del pronunciamiento del máximo tribunal del país, Mendoza agregó que la Constitución Nacional exige la dedicación exclusiva, así como la presencia física de los parlamentarios, para el cumplimiento efectivo de sus funciones.

“La Asamblea Nacional, como poder público, así como todos los cuerpos colegiados, obligan a la presencia física de todos sus miembros, titulares o suplentes, para deliberar consensuar y tomar decisiones. De allí a que todos los departamentos del mundo deben tener una sede”, explicó Mendoza.

Asimismo, reiteró el “asalto al Estado de derecho y a todos los poderes públicos” por parte de la Asamblea Nacional, resaltando que, al encontrarse en desacato, sus actos son “absolutamente nulos”.

“Este acto pírrico conllevaría a la disolución del Estado de derecho de Venezuela y es necesario darlo a conocer al pueblo y a la comunidad internacional”, enfatizó Mendoza.

La decisión del TSJ responde a una demanda de nulidad presentada por los diputados opositores Leandro José Domínguez, Jesús Gabriel Peña y José Gregorio Noriega, el pasado miércoles 18 ante el organismo judicial.

 

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