AN aprueba la reforma de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras
La Asamblea Nacional aprobó este jueves en segunda discusión la creación de un impuesto de hasta el 20 % a las transacciones financieras en dólares.
La reforma parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras establece que la alícuota que definirá el Ejecutivo estará comprendida entre 2 % y 20 % para:
Personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica por los pagos realizados a personas calificadas como sujeto pasivo especial en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela sin mediación de instituciones financieras.
Además, se establece un rango de entre 2 % y 8 % de impuesto para:
Personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica por los pagos realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela dentro del sistema bancario nacional sin intermediación de corresponsal bancario extranjero de conformidad con las políticas, autorizaciones excepcionales y parámetros establecidos por el BCV.
Finalmente, habrá un impuesto de entre 0 % y 2 % para:
Personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica calificadas como sujetos pasivos especiales por los pagos que hagan con cargos a sus cuentas en bancos o instituciones financieras.
Personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica calificadas como sujetos pasivos especiales por los pagos que hagan sin mediación de instituciones financieras.
Personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica vinculadas jurídicamente a una persona jurídica o entidad económica sin personalidad jurídica calificadas como sujetos pasivos especiales por los pagos que hagan con cargos a sus cuentas en bancos o instituciones financieras o sin mediación de instituciones financieras.
Personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que sin estar vinculadas jurídicamente a una persona jurídica o entidad económica sin personalidad jurídica calificadas como sujetos pasivos especiales realicen pagos por cuenta de ellas con cargos a sus cuentas en bancos o instituciones financieras o sin mediación de instituciones financieras.
#EnVivo | Plenaria de la @Asamblea_Ven aprueba en Segunda discusión el Proyecto de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras#ProducciónSoberana #SeñalDelPuebloLegislador pic.twitter.com/NlXXb3SXZH
— ANTV Venezuela (@antvvenezuela) February 3, 2022
Ten la información al instante en tu celular. Únete al grupo de Diario Primicia en WhatsApp a través del siguiente link: https://chat.whatsapp.com/DB1cHh033LHKn1pwrCfbdG
También estamos en Telegram como @DiarioPrimicia, únete aquí:https://t.me/diarioprimicia