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En España prohibirán la publicidad de las chucherías dirigida a niños

La medida busca bajar los números de obesidad infantil en el país, que ha ido en aumento en los últimos años.
Por: El País
viernes, 29 octubre 2021
Cortesía | No se podrá emitir en horario infantil

El Ministerio de Consumo prohibirá la publicidad de alimentos y bebidas insanos (entre los que incluye chocolates, dulces, galletas, postres, jugos y helados) dirigida a niños y adolescentes en televisión, radio, redes sociales, webs, aplicaciones, cine y periódicos.

El departamento regulará los productos que se pueden anunciar en horario infantil enfocados a menores de 16 años tomando como referencia los perfiles nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que son muy restrictivos.

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, asume así que el Código Paos, con el que el sector alimentario se autorregula desde 2005, ha demostrado ser “insuficiente”, por lo que apuesta por redactar un decreto para reducir las “alarmantes” tasas de obesidad infantil.

“Es un problema grave de salud pública”, ha señalado. Por ello, el ministerio enviará al Consejo de Ministros en 2022 un decreto que ponga coto a la publicidad.

La patronal de la industria alimentaria, la Fiab, considera esta regulación “un ataque gratuito e injustificado de Consumo a los elaboradores de alimentos y bebidas”.

El ministro explicó que finalmente la regulación no se realizará a través de Nutri-Score, el semáforo nutricional voluntario que quiere aplicar en España.

Esta clasificación ha protagonizado varias polémicas por las buenas notas que otorga a algunos ultraprocesados y por la mala calificación de alimentos como el aceite de oliva. En su lugar, el departamento apuesta por los perfiles nutricionales establecidos por la OMS, que son mucho más restrictivos.

Como explica por teléfono el nutricionista Juan Revenga, la OMS publicó en 2015 un documento que marcaba los niveles máximos de azúcar, grasas y sal aceptables para anunciar un producto destinado a los niños.

Para ello, dividió los alimentos en 17 categorías y estableció que los más insanos no se deberían anunciar nunca, mientras que el resto podrían hacerlo si no exceden la cantidad de azúcar, sal o grasa marcada por cada 100 gramos para cada uno de ellos.

La norma toma como base esa división y asume que las cinco categorías de productos vetadas por la OMS no podrán anunciarse en España cuando se dirijan a menores, independientemente de su contenido en nutrientes.

La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería.

Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los jugos, las bebidas energéticas y los helados.

En cambio, hay otros alimentos que se consideran sanos y siempre podrán publicitarse: carne fresca y congelada, pescado, aves de corral, huevos, fruta fresca y congelada, verduras y legumbres, además de raíces y tubérculos.

Se excluyen las conservas de estos alimentos, además de la fruta en almíbar y la congelada con azúcares añadidos. Para el resto de categorías se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos.

En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos en cada producto.

Los anuncios de los productos insanos quedarán prohibidos durante todo el día en los canales infantiles de televisión.

En los programas de radio y televisión con una audiencia menor de 16 años, se restringirán antes y después de la emisión de espacios destinados al público infantil y en los horarios de protección reforzada (de 8:00 a 9:00 y de 17:00 a 20:00 en días laborables, y de 7:30 a 12:00 en sábados, domingos y festivos).

En las redes sociales, aplicaciones, internet y medios impresos no se anunciarán en contenidos para menores de 16 años.

El ministerio recuerda que este marco regulatorio es similar al de países como Reino Unido, Portugal o Noruega. “Los menores son personas consumidoras vulnerables y tenemos la obligación de protegerlos frente a la publicidad”, ha señalado el ministro.

Revenga coincide: “Esta propuesta es la más sensata, la más defendida por los nutricionistas y la que más vela por la salud de los menores”.

Obesidad infantil

Con esta norma el Gobierno pretende reducir las tasas de obesidad infantil.

Según el estudio Aladino 2019, que se hace con encuestas a niños y niñas de entre seis y nueve años, un 40,6 % de estos menores tiene exceso de peso, de los que el 23,3 % está en niveles de sobrepeso y el 17,3 % sufre obesidad.

El estudio, elaborado por la Agencia Española de Nutrición y Seguridad Alimentaria (Aesan), muestra que los progenitores de los menores con exceso de peso —tanto quienes tienen sobrepeso como quienes tienen obesidad— no perciben el problema y frecuentemente consideran su peso como normal o solo como ligero sobrepeso.

“La publicidad es una de las causas de esta cifra”, ha señalado el ministerio en un tuit. El 88,6 % de los padres de escolares con sobrepeso no lo perciben como tal: un 42,7 % cuando se trata de obesidad y un 19,1 % cuando el niño sufre obesidad severa.

Consumo ya anunció hace unos días su intención de regular la publicidad de este tipo de alimentos en YouTube y las redes sociales, principales fuentes de información de los jóvenes. Ahora se confirma que será a través de un decreto.

Durante la comparecencia, el ministro ha señalado que se trata de “un procedimiento rápido” y ha garantizado que se pondrá en marcha “el año que viene”, porque al tratarse de un decreto (y no de un decreto-ley), la regulación solo tiene que pasar por el Consejo de Ministros.

El control y las sanciones del nuevo decreto corresponderán a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que supervisa “el correcto funcionamiento” del mercado de comunicación audiovisual, ha señalado Garzón.

Esto supone desarrollar la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición de 2011, en la que ya se planteaba una regulación más estricta de la publicidad para productos alimenticios.

La iniciativa ha soliviantado a los fabricantes. La Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (Fiab) y otras asociaciones de la cadena alimentaria han mostrado su “sorpresa e indignación” por la medida.

“Tanto en el contenido de la propuesta del Ministerio de Consumo, como en la forma y el lenguaje utilizados, consideramos que se ataca de manera gratuita e injustificada a los elaboradores de alimentos y bebidas”, explica Mauricio García de Quevedo, director general de Fiab, en una nota de prensa.

El sector critica que los fabricantes llevan más de un año trabajando con el ministerio para reformar el Código Paos y que la industria de alimentación y bebidas “ha ofrecido reducir de manera voluntaria más de un 75% de la publicidad dirigida al público infantil”.

“Es inadmisible un anuncio en el que se habla de defender a los niños de la industria alimentaria”, ha añadido García de Quevedo.

Por otro lado, el ministerio sigue decidido a aprobar Nutri-Score, un etiquetado voluntario —que no sustituye a la etiqueta actual— que califica los alimentos de más a menos saludables (de la A a la E y del verde al rojo) y lo plasma en una sencilla etiqueta frontal.

En este caso, tanto la industria alimentaria como el Ministerio de Agricultura (Psoe) se oponen a ponerlo en marcha, aunque algunas empresas ya lo aplican voluntariamente.

De hecho, Psoe y PP aprobaron este martes en el Senado una proposición para retrasar su entrada en vigor como etiquetado obligatorio, algo que solo puede hacer la Comisión Europea.

Consumo defiende que lo aplicará porque figura en el acuerdo de coalición suscrito entre los dos socios del Gobierno, y que no se plantea su obligatoriedad, sino tan solo regular lo que ya existe. Lo más probable es que esta regulación se retrase.

 

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