Opinión

La violación es un delito grave

La necesidad de los Estados en buscar desde lo jurídico una forma de proteger los derechos humanos, sin incurrir en los excesos al momento de ejercer su derecho a sancionar
lunes, 01 febrero 2021

Luego del homicidio, la violación es uno de los delitos de mayor gravedad en cualquiera de los ordenamientos jurídicos del mundo, debido a que este tipo de delitos vulneran el grupo de bienes jurídicos que protegen la integridad humana, así como también la indemnidad y la libertad sexual individual como parte integrante de ésta.

El delito de homicidio obviamente es sancionado con penas de considerable rigor, porque atenta contra el más preciado de los derechos humanos como lo es el derecho a la vida, pero los delitos sexuales vulneran también uno de los más esenciales bienes jurídicos que poseen las personas, la dignidad humana, por ello respondiendo a la lógica y a la categorización de los Derechos Humanos deben ser sancionados los responsables con igual rigor, sin dejar de lado la garantía de la prevención como responsabilidad ineludible de los estados.

La necesidad de los Estados en buscar desde lo jurídico una forma de proteger los derechos humanos, sin incurrir en los excesos al momento de ejercer su derecho a sancionar, ha sido una de las más complicadas empresas que le ha tocado echar adelante al derecho penal positivo y que ha hecho que éste, basado en el garantismo, se vea forzado a una tarea de supervisión mediante la cual se establezcan las sanciones, pero que a su vez en una perfecta ecuación donde se mantenga un equilibrio, se proteja con rigor los derechos de las víctimas, ya que, sin duda, son también derechos humanos que deben ser protegidos con el mismo celo empleado en proteger a los derechos de los inculpados.

Todo hecho de violencia contra la mujer debe ser manejado desde lo social, lo clínico y lo jurídico con la misma fuerza desde esos tres vectores, dado que al haber falencias en alguno o en todos ellos, se generará inequívocamente una lesión ostensible en los derechos de la víctima.

No pueden ir separados estos tres componentes y parte de ello es el interés que desde las convenciones internacionales se le ha impreso al manejo de la violencia de género, al procurar en cada una de las convenciones que sirven de marco jurídico universal, los planes y estrategias a través de las cuales se protegerán estos derechos, entre ellas la más importante la convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, mejor conocida como la convención de “Belem do Pará”.

No es inusual, lastimosamente, que países de la región quienes se comprometieron y suscribieron la convención, no hayan hecho esfuerzos significativos para llevar a cabo todo aquello que implica las labores de prevención, sanción y erradicación de la violencia basada en género, Venezuela entre ellos.

En el país vemos un crecimiento exponencial a pesar de la opacidad con la que se ha manejado desde lo estadístico las cifras de violencia que el estado reporta públicamente.

Similares situaciones se viven en países de Latinoamérica, no tanto en la opacidad comunicacional sino en la ineficacia estadal para sostener la uniformidad de los planes estratégicos.

Tal es el caso de Argentina, que está siendo el epicentro comunicacional en la actualidad debido a los lamentables sucesos en los que resultó víctima, lamentablemente una hija venezolana y por el cual se han volcado las miradas hacia ese país.

Lo sensacional de la noticia aparte de lo escabroso del caso, sucede un tanto por la naturaleza impúdica de los hechos y otro tanto por la asombrosa noticia de que la juez de la causa decidió darle libertad condicional al presunto agresor, ello indudablemente ha conmovido en la fibra más sensible a buena parte de la población argentina, incluida la gran colonia venezolana que vive en ese país del sur las amarguras de la diáspora.

Más allá de si hay o no méritos para decretar la privación judicial preventiva de libertad, que sin duda pareciera haberlos, dado que la aprehensión del agresor se realizó en flagrancia a poco de haber cometido el hecho y en el propio lugar de los acontecimientos, es importante verificar las acciones que desde el sistema judicial argentino se emprenderán en lo sucesivo y evitar a toda costa la impunidad, ya que como lo dije al principio es lo jurídico uno de los elementos que componen ese trinomio representativo de la lucha por la igualdad de género.

No quiero pecar de “Juez de periódico”, ese en el que muchas veces nos convertimos luego de sacar conclusiones por las pruebas que nos trae la prensa en determinados sucesos, seguramente habrá muchos más elementos que nos falte para poder siquiera emitir un juicio de valor sobre los hechos que ponen a Argentina y a Venezuela en la palestra noticiosa, pero seguro estoy que la joven venezolana víctima de la violencia de género en el país donde llegó huyendo de la violencia política, que ignora la existencia de convenciones, trinomios o de responsabilidad estadal derivada, donde quiere que se encuentre debe estar clamando justicia, pues la violación es aquí, en Argentina o en cualquier otro país del mundo UN DELITO GRAVE y como tal debe ser prevenido, sancionado y erradicado.

Mi esperanza siempre estará puesta en la rectificación de los errores, por ello la pondré en una ruta donde la justicia del país austral emita un pronunciamiento con el que se corrijan los errores cometidos, se enmiende el fallo judicial y se le otorgue una posibilidad tangible a la víctima de obtener justicia en su caso.

Mientras tanto Venezuela sigue llorando a sus hijos donde quiera sea que se encuentren.

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