Opinión

¿La justicia es una prioridad?

¿Por qué no se incluyó al sector justicia en este plan de flexibilización de la cuarentena?
lunes, 01 junio 2020

En anuncio oficial que emitiera en cadena nacional el presidente Nicolás Maduro, del decreto mediante el cual flexibiliza la cuarentena permitiendo que parte del sector comercial nacional abriera nuevamente sus puertas al público, (obviamente bajo un cumplimiento estándar de medidas de bioseguridad como el uso de tapabocas, distanciamiento físico, control del aforo de personas dentro de los locales comerciales y el uso obligatorio de guantes de látex y toma digital de la temperatura corporal de usuarios en algunos casos), deja en evidencia que el sector comercial es prioritario pues a través de él se mueve el aparato dinámico de las economías, por ello la necesidad de tomar estas medidas de alguna manera segura y paulatina en dicho sector prioritario para la consecución del bienestar social.

La reactivación del parque industrial, el manufacturero y la posibilidad de comercializar productos considerados de necesidad secundaria, hacen que muchos venezolanos vuelvan a una normalidad moderada, pero también les permite a muchas familias venezolanas retornar a sus fuentes ordinarias de ingreso y de obtención del sustento.

Pero ¿Qué pasa con el sector justicia? Tomando en consideración que Venezuela es un país que de acuerdo con el propio artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se define como un Estado Democrático, Social de Derecho y de Justicia, de manera que lo social es tomado como valor superior pero también el Derecho y la Justicia, por lo tanto todos gozan de la misma jerarquía en cuanto a valores ciudadanos. Por ello nos preguntamos desde este tribuna ¿Por qué no se incluyó al sector justicia en este plan de flexibilización de la cuarentena?

Recientemente fue publicado por distintos medios de comunicación nacional, el exhorto que desde la Federación Nacional de Colegios de Abogados se le extendía al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial, para que el sector justicia fuere tomado en cuenta en una eventual flexibilización de la cuarentena, tomando en consideración la vulneración de derechos que se originan y en algunos casos se profundiza con la paralización de los procesos judiciales, ya que si bien es cierto que el confinamiento y la suspensión global de actividades sociales se dieron por una situación de fuerza mayor, no es menos cierto que muchos países ofrecieron alternativas digitales y virtuales para la consecución y prosecución de los juicios ya iniciados y la continuidad mediante alternativas de fácil acceso para todos los justiciables.

En el caso de Venezuela la paralización de toda la actividad judicial profundiza el ya marcado retardo procesal; que si bien se ha venido afrontando desde distintas aristas, lamentablemente sigue ocurriendo producto de la falta de creación e implementación de políticas públicas, que tengan como objetivo principal la disminución y erradicación de ese nefasto factor que afecta el desempeño de la justicia.

Particularmente, considero que las crisis deben servir para generar oportunidades de cambio, la actual crisis de salud pública mundial deja al descubierto las falencias del Estado y entre ellas las que aquejan al sector justicia. Hace falta implementar ya como una necesidad palmaria, la digitalización y virtualización de los procesos judiciales, como ocurre en muchas latitudes a nivel mundial, con las seguridades necesarias que eviten ataques exteriores al sistema.

En Venezuela es posible lograrlo, se han expuesto incluso en foros organizados por el propio Tribunal Supremo de Justicia proyectos sobre esa materia, sin embargo, ninguno ha sido recogido y aplicado formalmente.

Es aún más grave cuando analizamos el impacto negativo de la suspensión de la actividad judicial en el área de la Justicia Penal, es innegable que ésta hace nugatoria cualquier pretensión de Justicia y en el caso de los privados de libertad mucho más, ya que ello imposibilita que aquellos que estaban próximos a su libertad hayan podido lograrla, como se dispuso en otros países que les adelantaron las libertades a casos parecidos o que se les otorgó detenciones domiciliarias a aquellos casos de delitos menores.

Podríamos en Venezuela por ejemplo ¿computar como doble este tiempo en las condenas? Ya que no es por razones imputables a los condenados la ocurrencia de esta situación excepcional, ello le daría al país un buen talante en el respeto de los derechos humanos, pero ¿es realmente la justicia una prioridad?

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