¿Excarcelados?
Leo con relativa emoción la noticia mediante la cual informan la “liberación” del diputado de la Asamblea Nacional Juan Requesens, luego de permanecer por más de dos años privado de su libertad.
Uso comillas en la palabra liberación, porque desde el derecho nos cuestionamos, si realmente lo que se le otorgó al diputado es una libertad propiamente o una simple excarcelación, en virtud de que para buena parte del gremio de los juristas, tal medida de arresto domiciliario (cuyo fundamento es desconocido para buena parte del país), resulta hasta contradictorio llamarla incluso excarcelación puesto que en lo práctico, simplemente se traduce como un cambio del lugar de reclusión, aunque de su hogar se trate.
Digo que mi emoción es relativa ya que si de hechos judicializados nos referimos, la libertad del diputado nunca debió ser interrumpida y menos en la forma infame a través de la cual se realizó, desconociéndose los más elementales principios de un juicio justo.
Por tanto, desde ese punto de vista, la medida otorgada es más política que jurídica y que será usada lo más seguro como una posible ficha de intercambio en el devenir inmediato del futuro político del país, y es precisamente por ese simple hecho de ser a todas luces un movimiento en la estrategia del juego político del régimen, que se hace imposible asimilarla como una consecuencia jurídica y reflejo exclusivo de razones judiciales propias del juicio que se le sigue al diputado.
Sin embargo, celebro que Juan esté nuevamente con su familia, sus menores hijos y sus amistades más cercanas, celebro que pueda volver a sentir el calor del hogar que los fríos barrotes de su injusta prisión no pudieron apagar.
Pero ¿qué impone ser merecedor de una medida cautelar sustitutiva de libertad de arresto domiciliario? Para contestar esta pregunta primero debemos saber qué es una medida cautelar y cuáles son los motivos jurídicos que la hacen posible.
Comencemos por decir que una medida cautelar de arresto domiciliario es como su mismo nombre lo indica: cautelar, provisional, momentánea, circunstancial, de manera que no es definitiva y mucho menos irrevocable, por lo que debe el imputado que la recibe abstenerse de otras ciertas libertades que seguramente el tribunal las impuso como otra forma de medida cautelar, la que seguramente por mi experiencia se traduce en la imposición en paralelo de una medida cautelar innominada de prohibición de comunicación con los medios de comunicación, por ello no se le puede nunca desde el derecho llamársele a esta medida como una medida de libertad, pues muy lejos está de parecerse.
Así como Juan hay cientos de venezolanos que han sido juzgados ilegalmente por hechos no cometidos, como la juez María Afiuni por citar un ejemplo, cumpliendo con medidas cautelares que paradójicamente fueron diseñadas por el legislador venezolano en la reforma del Código Orgánico Procesal Penal de 1998, como una forma moderna de derecho penal en el que el Estado se inmiscuya cada vez menos en las libertades ciudadanas, mejor conocida como el Estado mínimo.
No obstante, en nuestro sistema de justicia, evidentemente sometido al poder del ejecutivo, se utiliza para someter a los disidentes del gobierno por fuerza del derecho penal y ahí se pierde y desnaturaliza el derecho mismo, cuando se usa como instrumento de dominación y no de orden y respeto por la ley.
Sobre la medida cautelar sustitutiva de libertad del arresto domiciliario, el propio Tribunal Supremo de Justicia se ha pronunciado ampliamente en sus distintas decisiones, conformando a través de ellas con criterios vinculantes lo que se conoce como la extensión de la privación de libertad, determinando el máximo tribunal que el arresto domiciliario se le debe tomar de manera idéntica a una privación de libertad, porque por supuesto que lo es, sólo el lugar de reclusión es lo que varía, por ello no debe caber duda que el sometimiento de los imputados al cumplimiento de estas medidas es lo más alejado a una forma de libertad y en el caso de Juan ni siquiera de excarcelamiento.
Juan estará en su casa con sus familiares, pero sobre él pende una espada que en cualquier momento puede dejarse caer y hacerlo regresar a los cadalsos en los que han convertido los centros de reclusión, como ya lo han hecho con los también diputados Gilber Caro y Renzo Prieto quienes ya habiendo recibido medidas cautelares, les fueron al tiempo revocadas por seguir resultando incómodos a la línea oficial.
Se profundiza también con esta medida inédita, la duda sobre la veracidad de los hechos por los cuales fue preso el diputado Juan Requesens, ya que si fueren ciertos los hechos en los que se le involucró donde según la narrativa oficial, sería el determinador o autor intelectual del magnicidio contra Nicolás Maduro, ¿habría espacio para el otorgamiento de este tipo de medidas para un peligroso criminal tal como lo mostraron a la opinión pública? Queda desmantelada a mi criterio toda idea de hacer ver como un hecho cierto aquellos mediáticos sucesos de los drones explosivos en la avenida Bolívar.
Pero no sólo estas torpes maneras de hacer ver libertad donde no la hay, son las únicas que atentan gravemente con el Estado de Derecho y contra la incolumidad Constitucional, con total estupor hemos visto recientemente desde el gremio jurídico como por ejemplo un Tribunal Militar condena ilegalmente al líder sindical Rubén González a la par que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ratifica mediante sentencia la ilegalidad y la clara inconstitucionalidad de los juzgamientos de civiles por tribunales militares, sin embargo, continúa González injustamente privado de su más preciado derecho Constitucional.
Revisando las distintas reacciones en las redes sociales que provocó el otorgamiento del arresto domiciliario de Juan, me consigo con una expresión que en su cuenta Twitter hiciera el humorista Rolando Salazar en la que expresó: “Que a Juan Requesens le den casa por cárcel, nos convierte a todos en su compañero de celda”.
Más cierto imposible, estamos por las arbitrariedades oficiales todos los ciudadanos confinados a vivir desde una cárcel de país que cada vez es menos metafórica, ¿alguna vez seremos excarcelados?
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