Opinión

¿Están en riesgo mi nacionalidad y mi propiedad?

Una de estas amenazas es ir contra la nacionalidad y los patrimonios de los connacionales que han tenido que huir del país buscando una vida sin tantas carencias.
lunes, 18 enero 2021

Siquiera habían comenzado los actos protocolares cuando se dejaron oír las amenazas que desde ya se lanzaron por la recién instalada Asamblea Nacional, cuya ilegalidad e ilegitimidad no han sido obstáculo para que se produzca otro atropello a la ya vapuleada Constitución.

Es un ejercicio agobiante mantener la cordura en la intrincada arena política venezolana, sobre todo cuando se produce el asomo de nuevas iniciativas que han de tomarse desde el seno del Ejecutivo nacional; por lo general, iniciativas cargadas de arbitrariedades e ilegalidades en muchas ocasiones.

Una de estas amenazas es ir contra la nacionalidad y los patrimonios de los connacionales que han tenido que huir del país buscando una vida sin tantas carencias.

Curioso que la Declaración Universal de los Derechos Humanos haya previsto que tanto la nacionalidad como la propiedad sean Derechos Humanos inalienables, pero más curioso, es que ambos en sus segundos incisos contemplen que ninguno de estos derechos pueda ser privado arbitrariamente a sus titulares.

Pareciera un libreto que desde la cúspide del poder se imparte a sus líderes y adeptos para que sea ejecutado al pie de la letra, sin que el respeto por la ley sea obstáculo en la consecución de sus objetivos.

Nos lleva a rememorar aquellas ideas de siglos pasados que sirvieron de base para la implementación del comunismo puro, mediante las cuales llegaron a señalar al derecho y a la ley como las dos más grandes barreras para la fomentación de un verdadero sistema comunista, como ocurre y podemos percibir en Corea del Norte donde el régimen es la ley, la justicia y la razón.

No es una novedad este tipo de amenazas que desde años atrás se han venido profiriendo en contra de la sociedad, pero esta reedición trae consigo un elemento que en antes no existía, como lo es el dominio plenipotenciario del régimen de todos los poderes públicos nacionales, cuya estructura serviría para ahora sí, ejecutar todas aquellas amenazas que en el pasado no pudieron materializar.

Para los nacidos en Venezuela, la nacionalidad por su parte es un Derecho Humano por decirlo de una manera instantáneo, ya que basta con nacer en territorio nacional para que automáticamente se adquiera este derecho, salvo que escojan alternativas distintas los padres como aquellas que ofrece el principio ius sangüini, que da prioridad a la nacionalidad de origen de los padres.

Sin embargo, al no existir esa excepción la nacionalidad se adquiere de manera inmediata y no así la pérdida de esta, que deberá darse de manera voluntaria y expresa de su titular a través de su renuncia manifiesta, en aquellos casos que sea necesario para la adquisición de una nueva nacionalidad, los cuales son cada vez menos gracias a los avances en el derecho internacional que trata a la nacionalidad como un derecho humanitario, pues busca evitar la condición de apátrida de las personas.

De allí que la comunidad internacional ponga énfasis en los asuntos que atañen a la nacionalidad y sus derechos derivados, promoviendo a través de sus países agremiados la justa adecuación de sus leyes para la protección de este derecho humano, como es el caso de Venezuela cuya protección de la nacionalidad de sus conciudadanos goza de rango constitucional, pues así lo determina la propia Constitución como uno de los derechos civiles de primer orden.

No puede existir avance y progreso en ningún país donde no se reconozca la propiedad privada, esto no es un tema siquiera de discusión ya que el Derecho a la Propiedad Privada es un reconocimiento al mérito personal que le retribuye el Estado a los particulares, al otorgársele plena disposición y ejercicio de ese derecho mediante leyes regulatorias, que deben ir siempre en positivo y nunca en detrimento o negación de este.

De tal manera que, teniendo en Venezuela el derecho a la nacionalidad y a la propiedad rango Constitucional, habría que derogar la vigente Constitución y redactar otra, para poder negarles a los ciudadanos el carácter inalienable de estos derechos, pero aún así, esto sería imposible por aplicación del principio universal de la positividad y progresividad de la ley, que indica que no puede negarse, minimizarse o degradarse un derecho ya reconocido.

No será tarea fácil, ni sencilla de ejecutar por vía de la ley, las infames amenazas de la diputada, de despojar de la nacionalidad y de sus propiedades a los connacionales emigrados. Repito, por vía de la ley, ya que por vías de hecho, hemos visto de lo que han sido capaces de hacer, bajo el argumento de la pretendida revolución y sus invisibles beneficios sociales.

Es tarea ciudadana, óigase bien y no política, plantarse en recia defensa de estos Derechos Humanos Constitucionales, ya que la nacionalidad es el arraigo y la propiedad el mérito con el que se han erigido las sociedades, las Repúblicas, los países y a través de los cuales se ha perpetuado la humanidad como bien nos lo ha mostrado la historia.

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