Opinión

¿Dónde se esconden las víctimas?

La concepción de un nuevo sistema que permita desde lo jurídico proteger a niñas, adolescentes y mujeres adultas de hechos de violencia.
martes, 26 mayo 2020

Los recientes sucesos en Ciudad Guayana, en los que resultó detenido un sujeto de más de 60 años, por presuntos delitos contra la indemnidad sexual de niñas y adolescentes, nos lleva a reflexionar sobre el hecho, sus causas y sus consecuencias, pero sobre todo sus implicaciones jurídicas.

El caso inicia cuando una joven se atreve y arriesga a hacer público vía redes sociales su caso de agresión sexual, del cual fue víctima durante su infancia y su adolescencia, pero en esta ocasión le daba nombre y apellido a su agresor.

Haciéndole seguimiento al caso a través de Twitter, vi que muchos fueron los que se solidarizaron con la joven agradeciéndole el hecho de haber expuesto a su agresor y de alguna manera evitar así que otras niñas fueran sus víctimas, pero noté que también hubo voces contrarias teniendo éstas el común de la pregunta ¿Por qué no lo denunció en su momento?

Hubo algunos que incluso asomaron la posibilidad de que la exposición al público del autor se hacía con fines extorsivos, pues no concebían que se haya esperado tanto tiempo para hacer pública una denuncia, donde lo propio era acudir en su oportunidad a las autoridades y no luego de años y en redes sociales.

Casos como éste son seguramente miles que ocurren en el día a día y la respuesta a la pregunta de ¿Por qué denunciar luego de tanto tiempo? consigue múltiples respuestas, algunas de acuerdo a la profesión desde la que se aborde y otras desde lo social o lo humano. Siendo que de lo jurídico es de lo que conozco, es desde este punto de vista de dónde puedo expresar mi opinión sobre este y otros hechos semejantes.

La concepción de un nuevo sistema que permita desde lo jurídico proteger a niñas, adolescentes y mujeres adultas de hechos de violencia, se produce por la necesidad de los estados en garantizar a plenitud los derechos humanos de todo el género femenino por años en desequilibrio en lo judicial.

La posibilidad abierta por la Constitución en el año 1999 de incorporar al plano nacional la tendencia mundial de protección de los derechos en resguardo a principios pro fémina y no al tradicional principio pro hómine, hicieron posible la creación de una ley que regula todo lo concerniente a la protección de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia.

Esto dio paso a todo el sistema de protección dentro del cual convergen múltiples factores de la sociedad, como el judicial, el laboral, el educativo, el gremial y hasta el colectivo, haciendo esta característica que casi toda la sociedad tenga responsabilidades, en cuanto a la protección de estos derechos, como ocurre también con los derechos de los niños, niñas y adolescentes establecidos bajo un idéntico sistema de protección integral.

De manera que, no es sólo responsabilidad de la víctima denunciar los hechos de violencia perpetrados por un agresor en su contra, nuestra Constitución nos da una amplia cartelera de derechos pero también nos impone el deber de denunciar hechos contrarios a la ley como ciudadanos de orden.

También nuestro Código Orgánico Procesal Penal establece el derecho que tiene todo ciudadano de denunciar hechos contrarios a la ley, dándole la posibilidad a cualquier ciudadano de denunciar delitos, aun cuando éstos no sean en su contra; por ello la responsabilidad de denunciar corresponde en principio a la víctima pero a falta de su voluntad o por impedimentos de ella, la responsabilidad fácilmente puede recaer en cualquiera de las personas de su entorno, sean familiares, amigos, vecinos, maestros, profesores.

Ahora bien, esclarecido desde lo jurídico el tema responsabilidad, es importante también abordar el tema del silencio de la víctima.
En los casos ventilados a raíz de la denuncia pública en redes sociales, se observa que la mayoría de los casos ocurrieron durante la infancia o la adolescencia de las víctimas, lo que nos hace pensar que en el caso de las niñas pudieron haber estado presentes varios obstáculos para que no se exteriorizara la denuncia.

El primero de ellos es el desconocimiento. No podemos cuestionar a una niña o a una adolescente por el hecho de no saber que tal o cual conducta es indebida, inmoral o ilegal, aquí se refleja la necesidad de una buena comunicación familiar, de una crianza responsable y de una óptima educación sexual en nuestros niños y adolescentes, los cuales siguen estando a merced de lo desconocido y del miedo, como es el segundo pero el más poderoso de los obstáculos para las víctimas, al momento de denunciar.

El miedo es el elemento más común en los rasgos de violencia de todas las víctimas de este flagelo, por miedo no se comunica el abuso, por miedo no se denuncia y por miedo se crea también, lamentablemente, la impunidad de muchos de estos delitos.

Recientemente el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, específicamente en el 2017, estableció mediante Jurisprudencia de la Sala Constitucional con carácter vinculante, es decir, de obligatoria aplicación para todos los jueces a nivel nacional en materia de delitos de violencia contra la mujer, el criterio mediante el cual se manejará en lo sucesivo los casos donde se tenga conocimiento de hechos de violencia, acontecidos durante la infancia o la adolescencia de las víctimas, en los cuales el delito no prescribirá desde la fecha de los hechos, sino a partir de la fecha en que las víctimas cumplan la mayoría de edad, fundamentando esto ampliamente la Sala en la sentencia a través de la figura del “Trauma del Silencio” que desde lo psicológico sirve para explicar, el por qué no se denuncian los hechos al tiempo de ocurridos, abriendo de esta manera la posibilidad de denunciarlo muchos años después.

Da por respondida esta sentencia la pregunta que a todos pareciera surgirle ante la aparición de casos como éstos, no podemos silenciar por siempre un hecho negativo, pues tarde o temprano éste pareciera abrirse paso aún en el tiempo para aparecer visible.

¿Dónde se esconden las víctimas? En el miedo y en el silencio por razones más que obvias, pero luego del vigente criterio judicial, ¿Dónde se esconderán los agresores?

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