¿Amnistía desechable?
Señala el diccionario jurídico elemental Cabanellas, que la Amnistía: “Es una medida legislativa por la cual se suprimen los efectos y la sanción de ciertos delitos, principalmente de los cometidos contra el Estado”, así también el diccionario de la real academia de la lengua española define a Desechable como: “un adjetivo que define a lo que puede o debe ser descartado, que ya no es aprovechable o que está destinado a usarse una sola vez”, ahora bien, ¿habrá alguna posibilidad que ambos conceptos sean compatibles al punto de poderse usar adecuadamente en un contexto jurídico?. Desde lo Académico, por supuesto que no, no hay manera de abrogarle el adjetivo desechable a tan siquiera un concepto que defina algo atado al Derecho, más aún a la norma jurídica. Ahora desde lo político, ¿serán muchos los contextos en los que se puedan asociar ambos conceptos? Tendría que ejercer primero como político para dar una respuesta más precisa, pero mientras tanto, intentaré este pintoresco ejercicio de acercarlos.
Venezuela atraviesa un proceso político inédito en la historia, nunca antes una potencia extranjera penetró nuestro espacio territorial para aprehender a una persona requerida por un Juzgado extranjero, menos aún a la persona que ejercía la primera autoridad de la nación. Este hecho que por interesante para la historia no deja de serlo para el Derecho, puso punto de partida desde donde hemos pretendido todos los sectores narrarlo desde nuestras propias perspectivas y ofrecer, acertadas o no, nuestras conclusiones.
Tal acontecimiento y su avasallante devenir político, apremió a las autoridades encargadas a las revisiones, ubicando a las judiciales entre las más urgentes y desde la cual se diseñó la amnistía como la herramienta jurídica propicia, para las soluciones prácticas que demandaba esa urgencia. Pero algo falló en su diseño, la falta de inclusión de las recomendaciones que la Academia y los Gremios y ese fallo acusó al poco tiempo su agotamiento, puesto que fue una herramienta jurídica, pero diseñada desde y para la política gobernante, la que desde ahora, se auto interpreta como crítica.
La Amnistía es un instrumento Jurídico que desde su creación apuntó siempre favorecer los errores de la política, entender esto nos permite comprender el hecho del porque le corresponde al Legislativo su diseño, creación y sanción, que no es nada más por su función primordial la de sancionar leyes, sino porque en su centro siempre ha convergido la política con la ley. Aparte de ello es en el Poder Legislativo donde se acendra el espíritu de las leyes, de todas las leyes, incluso aquellas que fueron presuntamente vulneradas por los que serán beneficiarios de esa Amnistía, aunque algunas de ellas acusen de ilegitimidad, de manera que si el Legislativo concentra en su memoria la fórmula de creación de las leyes penales y sus sanciones, debe tener entonces también las fórmulas para la demarcación de las condiciones que hagan posible su amnistía.
Esa amnistía que emergió de la enrarecida atmósfera legislativa, fue mercadeada como la panacea que venía a resolver los inéditos momentos de crispación política social, en su presentación por los voceros oficiales incluso fue ofrecida como puerta de salida inmediata para los cientos de presos políticos que existían y aún existen en la actualidad, ya que la realidad de lo acontecido contrasta con lo mercadeado, en virtud de que fueron muchas las expectativas que se crearon y pocas las que se cumplieron, más allá de los números oficiales que invocan sin mostrar una estadística verificable como ha sido la costumbre.
A muchos, entre ellos a nosotros los Abogados, nos ha quedado esa extraña sensación de que la Amnistía se apagó, se detuvo, se desintegró, se auto disolvió, como si hubiera sido un producto perecedero y que esa característica habría sido un ingrediente conocido al momento de su creación. En los Tribunales ya poco se habla de ella, se silenció su ejercicio, muchos jueces callan ante las solicitudes, otros simplemente despachan abiertamente que esperan instrucciones superiores para decidir, como si ya estuviera inscrito en la ley que las decisiones judiciales deben ser tomadas por otras personas distintas a los propios jueces. Pero todos callan, los decisores por instrucción y los solicitantes por temor o por desconcierto.
Si nos preguntamos porque sucede esto seguro la pregunta nos direccionará a alguna razón política, y la verdad es que esta suerte de autodegradación de la amnistía, comenzó a observarse a partir de aquella alocución de la Presidenta Encargada, cuando dijo que la Amnistía llegaba a su fin, pero esto tendrá asidero jurídico, en lo absoluto. El artículo 218 de la Constitución establece claramente que las leyes solo pueden ser derogadas por otras leyes, y solo se abrogan por referendo, por tanto el Poder Ejecutivo no puede privar de su vigencia a ninguna ley de la República.
Por el contrario, de ninguna manera podría estimarse que esta o cualquier otra Ley de Amnistía contenga un lapso de vigencia, puesto que la misma dinámica sobre la cual son aprobadas, más bien conlleva traer hechos del pasado al presente para su tramitación judicial, dejando más bien la posibilidad futura de que cualquier persona sobre la que le aplique la norma, pueda hacer su solicitud formal ante el Tribunal, sin fecha de caducidad, sin fecha de prescripción o como bien escuché en pasillos judiciales: “los antídotos deben ser sin fecha de vencimiento”.
Y es ese agotamiento o “vencimiento” que pareció sentenciar la Presidenta Encargada a la Amnistía, cuando indicó que la misma llegaba a su fin, el que traigo a colación para conjurar lo impensable de mí disertación: esta Amnistía parece Desechable, y es así como encuentro ésta, como la única manera posible que ambos conceptos puedan usarse en un contexto, el sarcástico.
No en vano sigue taladrándome en mi cerebro de Abogado la pregunta ¿cómo puede derogarse una ley con una simple alocución?, ¿es esto posible? Si la Constitución dice claramente que las leyes solo pueden ser derogadas por otras leyes, pues veremos que dirán los Jueces, mientras tanto toca esperar sobre la angustia de los presos políticos y sus familiares, que ya no es la simple prisión injusta, sino el martirio de estar ante una eventual muerte en cautiverio de otros privados que aún hoy se desconoce su destino. Me parece poco más que indolente, pretender utilizar la solemnidad del derecho para darle forma a los cálculos políticos.
Quisiera pensar siempre lo mejor, que esta abrupta paralización o ralentización de los procesos de amnistía se deben a alguna estrategia que dé paso a algo mejor, que con la discusión de la reforma judicial desde el ejecutivo se planifica un mecanismo más amplio, que agotar la amnistía políticamente solo es un preámbulo para, por ejemplo, un Indulto Presidencial masivo, pero solo me queda mantenerme en esa línea de pensamiento positiva y que Dios lo permita.
