Nación

TSJ rechaza “apreciaciones” de la exfiscal de la CPI

Invitan al nuevo funcionario a que visite el país y también reiteraron su disposición a colaborar.
lunes, 16 agosto 2021
Archivo | Emitieron un comunicado

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó las “apreciaciones” que realizó la exfiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) Fatou Bensouda, en las que mencionó que hay indicios de haberse cometido crímenes de lesa humanidad.

El magistrado Maikel Moreno, dio a conocer un comunicado en el que, junto a los demás magistrados y magistradas que no están de acuerdo porque son “subjetivas y no ajustadas a la realidad”.

Además invitan al nuevo fiscal, Karim Khan para que visite al país.

“Consideramos que el gobierno venezolano y sus instituciones han colaborado ampliamente con respecto al examen preliminar, inclusive se realizaron visitas oficiales por parte de autoridades legítimas del Estado venezolano a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional con el fin de contribuir y consignar todos los documentos necesarios para ser evaluados sin que en ese entonces, la titular del despacho fiscal haya realizado algún requerimiento, ni una notificación de los hechos que se encontraba analizando”, dice parte del escrito. .

“La CPI actuará, solo cuando la jurisdicción nacional no esté disponible o no sea efectiva”, añadieron. Consideran que de ellos actuar se trataría de una “ofensa al sistema judicial”.

“Desde el Estado venezolano hemos dado muestras sinceras y significativas en cuanto a las actividades desarrolladas por nuestras instituciones, y se han llevado a término diversas investigaciones en materia de Derechos Humanos”, insisten.

Reiteraron que están a disposición del nuevo fiscal para hacer llegar la información que necesite.

Ten la información al instante en tu celular. Únete al grupo de Diario Primicia en WhatsApp a través del siguiente link:https://chat.whatsapp.com/D0WqzaSBn24Frrb6ByjhR4

También estamos en Telegram como @DiarioPrimicia, únete aquí:https://t.me/diarioprimicia

Lea También:
Publicidad
Publicidad
Publicidad
error: