Nación

TSJ declaró constitucional el carácter orgánico de la Ley de Armonización Tributaria

La magistrada Gladys Gutiérrez Alvarado fue la encargada de emitir la sentencia.
viernes, 21 julio 2023
TSJ
Cortesía TSJ | La ley fue promulgada por la AN este martes

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios.

Así lo determinó la magistrada Gladys Gutiérrez Alvarado, mediante sentencia N° 0956-2023, luego de recibir el texto legal que fue aprobado por la Asamblea Nacional en Sesión Ordinaria del 18 de julio de 2023.

Indica la decisión que la ley tiene por finalidad:

1. Promover el desarrollo armónico de la economía nacional, con miras a elevar la calidad de vida de la población, generar fuentes de trabajo, crear alto valor agregado nacional y fortalecer la soberanía económica.

2. Favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios estadales y municipales y reducir la evasión y elusión fiscal.

3. Procurar la justa distribución de las cargas públicas, según la capacidad económica de la persona contribuyente.

4. Generar certeza y seguridad jurídica sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales aplicables en el territorio nacional.

Al respecto, la Sala afirma que los principios que inspiran ese instrumento normativo son la legalidad, justicia, equidad, integridad territorial, coordinación, armonización, cooperación, solidaridad, concurrencia, corresponsabilidad, progresividad, generalidad, buena fe, productividad, capacidad contributiva, no retroactividad, no confiscación, eficiencia, eficacia, celeridad, transparencia, simplicidad y seguridad jurídica.

Sostiene el TSJ que la ley “busca coadyuvar y garantizar la coordinación y armonización de las potestades tributarias que corresponden a los estados y municipios”, indicaron en nota de prensa.

En tal sentido, la decisión del máximo tribunal señala que la referida ley honra los fines estatales de la promoción de la prosperidad y el bienestar del pueblo, al tiempo de desarrollar los valores superiores del ordenamiento jurídico.

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