Nación

Ratifican privativa de libertad contra Requesens

El Juzgado acordó mantener la medida privativa de libertad para todos los acusados y las medidas innominadas de bloqueo e inmovilización de cuentas y prohibición de enajenar y gravar.
martes, 02 julio 2019
condena
Cortesía | Se le imputan otros tres delitos

El Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas acordó este lunes mantener la medida privativa de libertad contra el ciudadano Juan Requesens, por participar en el homicidio intencional calificado en grado de frustración contra el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, en agosto de 2018.

Además, la instancia acordó mantener las medidas innominadas de bloqueo e inmovilización de cuentas y prohibición de enajenar y gravar bienes, así como el pase a la fase de juicio por los delitos de traición a la patria, terrorismo, posesión ilícita de armas y municiones, reseña el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Además, se admitieron las acusaciones realizadas en contra de Brayan de Jesús Oropeza, Alejandro Pérez, Yanin Pernía, Pedro Javier Zambrano, Yolmer Escalona, Emilendris Benítez, Alberto Bracho, Argenis Valero, Juan Carlos Monasterio, Héctor Hernández y Henriber Rivas, por también formar parte del plan terrorista contra el Mandatario nacional.

En el caso de Oswaldo Javier Castillo Lunar, el Juzgado le admitió los delitos de instigación pública continuada, traición a la patria, homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del presidente Maduro, terrorismo y asociación para delinquir, reseñó la Agencia Venezuela de Noticias.

Asimismo, el Tribunal admitió encubrimiento en el delito de terrorismo para Winder Anderson Vásquez Velasco; mientras que a Ángela Expósito Carrillo se admitieron los delitos por encubrimiento en el delito de terrorismo y financiamiento al terrorismo y asociación.

Sobre el ciudadano José Eloy Rivas Días se admitió parcialmente la acusación en relación al delito de financiamiento, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

El Juzgado acordó mantener la medida privativa de libertad para todos los acusados y las medidas innominadas de bloqueo e inmovilización de cuentas y prohibición de enajenar y gravar.

 

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