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Tribunal chileno revoca condena por muerte del expresidente Frei

La instancia judicial absuelve a todos los acusados y revoca así las condenas emitidas en primera instancia por el juez Alejandro Madrid, el 30 de enero del 2019.
Por: AP
lunes, 25 enero 2021
frei
Cortesía | A 6 personas les fueron revocadas las sentencias

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó el lunes una sentencia que condenaba a cuatro médicos y dos antiguos agentes del extinto general Augusto Pinochet por el asesinato del expresidente chileno Eduardo Frei Montalva en 1982, el crimen de más alto perfil ocurrido durante la dictadura chilena.

El fallo de la novena sala a cargo de tres magistrados argumentó que los hechos acreditados no permiten llevar a la “descripción típica de delito de homicidio” y que los antecedentes “poseen una justificación lógica que torna más plausible aquella conforme a la cual Eduardo Frei Montalva no fue víctima de homicidio, sino que falleció como consecuencia de complicaciones médicas”.

De esta manera, la instancia judicial absuelve a todos los acusados y revoca así las condenas emitidas en primera instancia por el juez Alejandro Madrid, el 30 de enero del 2019. En este fallo se condenaba a 10 años por autoría de asesinato al entonces médico del hospital militar Patricio Silva Garín, a Luis Becerra —chofer de Frei e informante de la policía secreta de la dictadura de Pinochet— y a Raúl Lillo, agente del mismo servicio, a siete años cada uno por coautoría del crimen.

Además, se condenaba al médico Patricio Valdivia a cinco años por complicidad de asesinato y a los tanatólogos de la Universidad Católica Elmar Rosenberg y Sergio Gónzalez a tres años cada uno por complicidad en el asesinato.

Ese fallo establecía que Frei, de 71 años, murió por la “introducción paulatina de sustancias tóxicas no convencionales”, por la aplicación de un producto farmacológico no autorizado y “por el debilitamiento de su sistema inmunológico”, que permitió la aparición de bacterias oportunistas.

También señaló que el exmandatario sufrió una tardía y deficiente atención médica cuando fue reingresado a una clínica privada por un decaimiento tras una operación por una hernia a fines de 1981.

Sin embargo, el tribunal de apelaciones encabezado por el juez Jaime Balmaceda establece en su sentencia que las pruebas no han logrado demostrar que el fallecimiento del expresidente “sea imputable a alguna acción dolosa o culposa de uno o más terceros, como tampoco a alguna omisión atribuible a quienes en su condición de médicos se hallaban en posición de garante de su vida atendido su estado de salud”.

“La Corte concluyó que esas intervenciones quirúrgicas habían sido correctamente ejecutadas, que resultaban necesarias y que fueron ejecutadas en tiempo oportuno, eso permitió descartar la mala praxis en las intervenciones”, explicó Balmaceda a los medios.

 

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