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¿Qué es el Estatuto de Protección Temporal para migrantes venezolanos?

Los inmigrantes venezolanos que viven actualmente en el país sin autorización serán elegibles para obtener permisos de residencia por 10 años, mientras que los inmigrantes que cuenten con residencia temporal podrán extender su permanencia.
lunes, 08 febrero 2021
Estatuto de Protección Temporal
Cortesía | La nueva medida podría beneficiar a cerca de un millón de ciudadanos venezolanos sin la documentación requerida

El Estatuto de Protección Temporal para migrantes venezolanos es un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados, que permite llenar los vacíos existentes en este régimen, con base en la realidad migratoria y la capacidad de respuesta que tiene el país en materia institucional, social y económica.

Entre los beneficios se encuentra:

La creación del Registro Único de Migrantes Venezolanos, a través del cual se obtendrá información para su identificación y caracterización.

Protección de la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad.

El otorgamiento de la condición migratoria regular y, a su vez, la autorización para desempeñar cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral.

El acceso del migrante a la oferta institucional pública o privada, y su, incorporación como miembro activo de la sociedad en condiciones de igualdad.

La posibilidad para el migrante de generar por sí mismo las condiciones requeridas para una vida digna.

La posibilidad de hacer la transición al régimen visas.

A quién va dirigido el Estatuto de Protección Temporal

Estará dirigido a aquellos migrantes venezolanos que se encuentran en Colombia de manera regular. Bien sea porque son beneficiarios de un permiso de ingreso o permanencia; porque realizaron una prórroga de permanencia o porque cuentan con un PEP.

También se beneficiarán de este estatuto los venezolanos solicitantes de refugio y titulares de un salvoconducto SC-2, es decir, aquellos que están tramitando una visa ante la Cancillería.

A través de este enlace podrá consultar todas las preguntas y respuestas sobre la medida

 

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