Servicios

Como registrar una Fundación sin fines de lucro

Se crean con el objeto de fomentar entre sus seguidores y socios alguna actividad socio-cultural.
Cortesía | Se debe tener claro el propósito y alcance de la nueva organización

Las fundaciones civiles te tratan de organismos las cuales son constituidas sin ningún fin de lucros. La cual, gracias a la voluntad de sus fundadores, tiene un afecto de modo duradero a realizarlo con fines de intereses generales.

Requisitos para registrar
1-Primero que todos los miembros de esta fundación deben conocer deben dictaminar los estatutos de su fundación/empresa.

Los cuales deben ser aprobados por la administración pública que les corresponda.

2-Una vez que los estatutos de la fundación sean finiquitados, deberá proceder a realizar una carta de solicitud. Esta debe ser el modelo que sea requeridos, la cual debe ser llevada y presentada ante el Registro subalterno Inmobiliario del municipio en el cual la fundación va estar ubicada.

3-Solicitar el certificado negativo de la denominación. Este podemos decir que es el mismo que el Registro de Fundaciones.

4-En la carta antes mencionada es necesario que destaque las funciones que cumplen cada uno de los miembros de la directiva de directiva asociación.

5-Cada pago de los impuestos que el Registro de Fundación pida, deben ser realizados. En dicho caso que este pago no sea de tiempo monetario, deberá presentar una carta la cual deben ser realizadas por un experto, donde deben quedar reflejados cada unos de los bienes de dicha fundación.

6-Una vez que realice los pagos correspondientes, deberá regresar al Registro a firmar a la hora estipulada por ellos mismo, en el cual se efectuó dicho proceso.

7-Cada cosa que fue planeada por la junta directiva, al igual que los estatutos se deberá presentar de forma pública.
8-Deberá hacer solicitud del RIF de la fundación.

9-Ahora deberá realizar la solicitud del NIF el cual es provisional gracias la delegación de hacienda. Esto se realiza con el fin de que se puede hacer el impuesto propuestos para los diferentes tipos de fundación.

10-Con respecto a cada voto que fue realizado dentro de la asociación, quedaran sujetas a cada norma que decidan dar los miembros de la junta directiva.

11-Es importante que las fundaciones sin ningún fin de lucho, posea una personas encargada de toda la contabilidad de ella. La cual debe estar libre de acceso de las personas que conformen esta empresa.

12-En el supuesto caso que la asociación se dé por terminada, los bienes de esta deben ser repartidos de forma equitativa como está establecido.

Cómo hacer el registro
Este debe ser registrado en la entidad correspondiente.

– Una planilla que contenga todos los datos y todos los contactos de dicha organización.

-Documento de la reserva del nombre

-El acta constitutiva

-Cada reglamento o los estatutos en el caso de que existan o sean necesarios

-La declararon de dicho patrimonio.

-Datos de cada asociado, los miembros o los fundadores de la empresa.

-Una vez cumpla con estos requisitos, viene la parte de foliar cada libro de acta, los cuales exija la legislación nacional.

Una vez que obtenga el nuevo de registro, toca la parte de trámites de impuestos.

O las exenciones de estos. También deben registrar dicha organización en diferentes cámaras, las asociaciones y las uniones de muchas otras organizaciones que tengan afinidad con las funciones de la organización que fue creada.

Acta Constitutiva

El acta constitutiva es de suma importancia, necesaria, y de carácter obligaría para la formación legal de algún organismo, fundación, debe estar redactada con los parámetros comunes, y firmada por las personas que integran dicha sociedad.

Debe contar con datos realmente básicos, muy necesarios y totalmente fundamentales, para que realmente esta actué como un acta acta constitutiva.

 

Ten la información al instante en tu celular. Únete al grupo de Diario Primicia en WhatsApp a través del siguiente link: https://chat.whatsapp.com/LjP1mxWVjO3FS65tpSayDj

También estamos en Telegram como @DiarioPrimicia, únete aquí https://t.me/diarioprimicia

Lea También:
Publicidad
Publicidad
Publicidad
error: