Ciudad

Aviso legal

Se publica extracto de sentencia.
sábado, 07 mayo 2022
Helen Hernández | Acción de concubinato

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Bolivar, Sede Puerto Ordaz

Puerto Ordaz, 26 de abril de 2022

Años: 212 y 163°

ASUNTO: FI11-V-2021-000010 Oficio N° 2022-142-JMS4.

CIUDADANO.

DIRECTOR DEL DIARIO PRIMICIA,

UBICADA EN PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLIVAR. SU DESPACHO

Llevo a su conocimiento que por decisión del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se acordó oficiarle, a los fines se ordene la publicación de un extracto de la Sentencia de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, dictada en fecha 29 de marzo del 2022, por este Tribunal, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 507 numeral 2 del Código Civil. Sin otro particular a qué hacer, referencia se despide de Usted, en nombre de la administración de Justicia. Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACION

ABG, MARGEIRES FARIA

Jueza Provisoria del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución

MFtg

DE LA DECISIÓN

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la pretensión de reconocimiento de unión concubinaria plasmada en la demanda interpuesta por la ciudadana ANGELA KARINA ALCALA URBANO, en contra de los ciudadanos y de los niños JOSE ORLANDO NARVAEZ, PEREZ Y LUIS EDUARDO NARVAEZ PEREZ, OLIVER JOSE NARVAEZ ALCALA Y MARIANGELA DEL VALLE NARVAEZ ALCALA.

En consecuencia este Tribunal declara judicialmente la existencia de la unión concubinaria entre los ciudadanos ANGELA KARINA ALCALA URBANO Y JOSE ORLANDO NARVAEZ AGUILERA (actualmente fallecido), por haberse cumplido con todos los requisitos exigidos en la ley para decretarla, la cual comenzó cinco (05) de agosto de 2000 y terminó el día nueve (09) de febrero de 2021. Y así se decide

Se ordena la publicación de un extracto de la presente sentencia en el diario PRIMICIA, ubicado en esta Ciudad, una vez que la misma haya quedado definitivamente firme, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 507 numeral 2 del Código Civil.

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