TSJ suspende cobros al tránsito de contenedores en La Guaira y Carabobo
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió la aplicación de decretos, alianzas comerciales y cobros regionales que afectaban el tránsito de contenedores de los corredores aduaneros de los estados La Guaira y Carabobo.
La medida quedó establecida en la Sentencia número 0931 bajo la ponencia de la magistrada Tania D’Amelio Cardiet, quien determinó eliminar “sin excepciones y a partir de la fecha de la publicación” la aplicación de estos cargos a la mercancía movilizada por estas jurisdicciones aduaneras.
En el texto, la Sala Constitucional señala que, en la aduana de La Guaira, se suprime el cobro del denominado “Aporte Social” a favor de la empresa estatal Vargas Containers, C.A. por «el uso superficial y traslado de contenedores en vías terrestres” (Decreto Ejecutivo n.º 037-2020).
Igualmente, suspendió el artículo 8 del Decreto n.º 041-2020, relativo a cobros y medidas de bioseguridad regionales aplicadas a puertos, aeropuertos, contenedores y aeronaves que se encuentren en jurisdicción de la entidad regional.
Con respecto al corredor aduanero del estado Carabobo, depuesto en la Sentencia 0932, D’Amelio suspendió los artículos 10 y 11 del Decreto n.º 355 (2026) del gobernador del estado Carabobo.
Igualmente, dejó sin efecto las alianzas estratégicas y comerciales suscritas con las empresas G&G Safe Service, C.A. y Ocean Caribean Logistics Service, C.A., así como los Avisos Oficiales vinculados.
Con estas sentencias se prevé que se generen beneficios para facilitar el comercio internacional y la logística nacional que influirán, según se estima, positivamente en la economía nacional.
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