Sudeban prohíbe los créditos en dólares
A través de una circular con fecha del 21 de enero, la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) le informó a los bancos que no pueden otorgar créditos en moneda extranjera.
Ante esta posibilidad les recuerda “deben contar con la autorización previa de esta Superintendencia, para ofrecer y promocionar a sus clientes y/o usuarios sus productos, instrumentos o servicios financieros, así como la del Banco Central de Venezuela (BCV), cuando los mismos contengan características particulares que les obliguen a requerir la misma«.
Además que todos los créditos deben ser en bolívares a menos que tengan su autorización y la del BCV.
La Sudeban es específica en recordar que «Considerando que el Banco Central de Venezuela, en función de lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que lo rige, tiene a su cargo regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero, aunado al hecho que según lo preceptuado en el parágrafo segundo del artículo 34 del Convenio Cambiario N’ 1 de fecha 21 de agosto de 2018, el manejo de los fondos correspondientes a las captaciones en moneda extranjera por parte de los bancos receptores de los depósitos en las cuentas en divisas en el sistema financiero nacional se encuentra sujeto a las instrucciones que al efecto imparta el referido Ente«.
«En tal sentido, se prohíbe a las Instituciones Bancarias otorgar créditos en moneda extranjera con los recursos obtenidos a través de la captación que resulte de los depósitos del público en moneda extranjera o cualquier otra modalidad, sin contar con la previa autorización del Banco Central de Venezuela y de esta Superintendencia«, reza el escrito de Sudeban.
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