Trabajo

Ajustes en bonificaciones sin incidencia salarial perjudica a trabajadores

El especialista advierte que del 100 % que percibe un trabajador, solo el 12 % va destinado a las prestaciones sociales.
martes, 30 abril 2024
ajustes
Raúl Miranda | Salario mínimo actual es de 1340 bolívares, es decir 3, 56 dólares

A horas del 1 de mayo, crece la incertidumbre en si habrá aumento salarial para los trabajadores venezolanos, pero ¿qué sucede si el ajuste económico se da solo en  bonificaciones sin incidencias en el salario base?

En relación con este tema, PRIMICIA consultó con el especialista en derecho del trabajo y  director de la firma Abogamos, José Gregorio Hurtado, quien describe esta interrogante como un tema delicado, pues se habla de uno de los derechos sociales y familiares establecidos en la constitución.

Precisa que a partir de 1999, el salario adquirió un rango constitucional donde se establece de manera clara que todo trabajador tiene derecho a un salario que le permita vivir con dignidad y cubrir sus  necesidades básicas materiales, económicas e intelectuales para él  y su grupo familiar.

“Además la constitución, buscando preservar ese derecho tan importante que tiene carácter alimentario, establece la misma que el Estado garantizará a todos los trabajadores del sector público y privado un salario vital el cual se ajustará cada año, teniendo como una de las referencias el costo de la canasta básica”, refiere el especialista.

Sin embargo, Hurtado especifica que el país ha pasado 25 meses sin que se ajuste el salario mínimo en Venezuela. Recuerda que la última vez que se dio esta medida fue el 15 de marzo de 2022 por un monto de 130 bolívares mensuales, hoy equivalente a 3, 56 dólares. Una cantidad insuficiente para cubrir las necesidades.

Señala que la asignación de bonificaciones ha pulverizado el salario mínimo, pero este no tiene incidencia en las prestaciones sociales, en el trabajo de horas extra, utilidades o vacaciones, por ejemplo, un factor que va en contra del desarrollo económico.

“Ningún trabajador se siente estimulado a trabajar horas extra, hacer trabajos adicionales porque prácticamente están regalando su  fuerza de trabajo. No es debidamente compensada”.

 

Otros conceptos

En cuanto a la Cestaticket tiene un valor casi 10 veces por encima del sueldo mínimo, una medida “desproporcionada que, en lógica jurídica, no puede existir”.

Aclara que en este beneficio el Gobierno nacional también tiene una deuda con los trabajadores, debido a que el monto de la cestaticket es de mil bolívares.

“En ninguna parte aparece que sean 40 dólares como lo anunciaron por medios televisivos y hasta hoy el ejecutivo no ha publicado en Gaceta Oficial que indique que son 40 dólares”, acota.

Asimismo, Hurtado recalca que un trabajador del 100 %  del monto que recibe, solo un 12 % tiene incidencia en prestaciones sociales.

¿Cómo incentivar en el sector privado a seguir en medio de la crisis?

El especialista en derecho laboral, asegura que el sector privado ha hecho un esfuerzo por cancelar sueldos por encima del establecido, pero se ve golpeado por los altos impuestos fijados por el Estado.

A juicio de Hurtado, es necesario que el Ejecutivo nacional revise la alta carga de impuesto que tienen los empleadores, en especial de la pequeña y mediana industria.

Esta situación hace imposible para pagar salarios e impide una participación más dinámica en el desarrollo económico de la ciudad y del país.

 

Casos comunes en el despacho

En cuanto a los casos más comunes que recibe Hurtado en su despacho, comenta que están relacionados con la falta de ajuste de salario desde hace dos años, pues advierte que se ha generado una desviación grave que cometen algunos empleadores.

Por ejemplo, especifica que los pagos del salario en dólares se acuerdan de manera verbal, pero al momento de firmar el recibo firman con la cifra de salario mínimo, esto con  la finalidad que ese sueldo que realmente devenga el trabajador no impacte en las prestaciones sociales.

Aclara que estos casos no son la mayoría, debido a que gran parte de las empresas sí aplican con las normativas.

Recomienda que independiente de la fórmula de cálculo, siempre que ese monto lo reciba el trabajador a cambio de la prestación de su servicio.

Finaliza con el memorándum 2792 del Ministerio del Trabajo, dictado el 11 de octubre de 2018, partiendo de una falsa premisa de una mayor bonanza del país no sería necesaria las discusiones colectivas, que perjudica los ingresos de los trabajadores.

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