Sucesos

TSJ ratifica condena de 14 años por trío sexual forzado

Presentaron dos apelaciones que no estaban bien sustentadas.
miércoles, 23 abril 2025
Archivo | Condenados por abuso sexual no lograrán reducir pena

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó un recurso (de Casación) que pretendía revertir la condena de 14 años de prisión impuesta a dos hombres acusados de obligar a una mujer a sostener relaciones sexuales en la modalidad de trío.

Esta decisión está contenida en la sentencia 036 redactada por la magistrada Carmen Marisela Castro y firmada por sus colegas de la Sala Penal, Elsa Gómez y Maikel Moreno.

Todo sucedió en la celebración de un cumpleaños el día 6 de junio de 2021.

En una habitación de la vivienda se encontraban la víctima y otras personas. Luego uno de los hombres le propone hacer un trío dice la sentencia de la Sala Penal donde están narrados los hechos.

La mujer se niega y es cuando los hoy acusados toman la decisión de someter a la víctima “y comienzan a obligarla a tener relaciones sexuales sin el consentimiento…”.

En medio del acto forzado, la mujer “comenzó a gritar, le taparon la boca, la estaban ahorcando y eso deja una serie de secuelas en el cuerpo de la víctima”, reseña la sentencia.

Una vez denunciados los hechos, funcionarios policiales detuvieron a los dos hombres y los colocaron a orden del Ministerio Público.

El juicio se realizó entre el 13 de septiembre de 2022 y 18 de enero de 2023 ante el Tribunal Quinto de Juicio de Caracas, que los condenó a cumplir la pena de 17 años y 4 meses de prisión, tras declararlos culpables de los delitos imputados por el Ministerio Público.

Esa decisión condenatoria fue apelada el 13 de febrero de 2023. Al año y medio después, concretamente el 2 de agosto de 2024, la Corte de Apelaciones con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, declaró parcialmente con lugar el recurso y en consecuencia modificó la sentencia respecto al cómputo de la pena acortándola a 14 años de prisión.

Los abogados defensores insistieron en revertir la condena impuesta, por lo cual acudieron a la Sala Penal del máximo tribunal de Venezuela, donde consignaron una serie de denuncias vertidas en un documento denominado Recurso de Casación.

Las quejas se enfocaron en que, durante el juicio, presuntamente no se valoraron pruebas que pudieran haber favorecido a los acusados, situación que, en criterio de ellos, debió corregir la Corte de Apelaciones.

Al respecto, los magistrados responden que “no se puede pretender que la Sala de Casación Penal se aboque como una tercera instancia, que conozca sobre la valoración de los hechos y de los medios probatorios presentados en la fase de juicio, con el objeto de someter a revisión la decisión dictada en primera instancia”.

Los magistrados resaltan que los abogados que interpusieron el recurso, presentaron denuncias “genéricas e imprecisas”, lo cual está lejos de cumplir los requisitos exigidos para casar una demanda destinada a invalidar la sentencia que condenó a los acusados.

En consecuencia, la Sala Penal desestimó el recurso de casación y dejó incólume la condena de 14 años impuesta.

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