Sucesos

TSJ declaró procedente la extradición de alias “el Tazmania”

El sujeto es señalado de participar en el atentado contra el supermercado Samba, ubicado en la avenida 15, Maracaibo.
lunes, 01 mayo 2023
Cortesía | El imputado fue detenido el pasado 19 de marzo en Maicao, Colombia

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición formulada por Venezuela ante Colombia para que ese país envíe a Junior Andrés Báez (33) conocido como “el Tazmania”, quien es señalado de participar en el atentado contra el supermercado Samba, ubicado en la avenida 15, Maracaibo (Zulia).

Tal decisión está contenida en la sentencia Nº 149 redactada por la magistrada Carmen Marisela Castro. Báez fue detenido el pasado 19 de marzo en Maicao, Colombia, por agentes adscritos al Grupo Antisecuestro y Antiextorsión del Departamento de la Policía de Guajira.

De acuerdo con las investigaciones del Ministerio Público, Báez se presentó al supermercado Samba el pasado 18 de febrero, ingresó al área de cajas y disparó con arma de fuego hasta herir a seis personas.

Por ese hecho, Báez tiene orden de aprehensión emitida desde el Tribunal 3º de Control en casos vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo de Caracas. El sujeto será procesado por extorsión agravada, obstrucción a la libertad de comercio y terrorismo, entre otros delitos.

El proceso para tramitar la extradición de Báez se inició el pasado 20 de marzo a solicitud de la fiscal Mirian Lima Bernal, quien interpuso tal petición ante el Tribunal 3º desde donde enviaron ese expediente a la Sala Penal.

Los magistrados revisaron la petición y constataron que reúne todos los requisitos para declarar procedente la extradición, tal como fue aprobada.

En la sentencia, la Sala Penal dejó expresa constancia que se compromete ante Colombia a juzgarlo con las debidas garantías consagradas en la Constitución.

Entres esas garantías mencionadas figuran las relativas al derecho al debido proceso; al principio de no discriminación; a la prohibición de la desaparición forzada de personas; a la integridad física, psíquica y moral y a la prohibición de ser sometidas a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes y al derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado en caso de ser condenado.

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