Sucesos

Código penal sanciona a hurtos con prisión de hasta ocho años

Para el especialista en leyes, los funcionarios del Cicpc que tomaron dinero en una zona de desastre por el terremoto atropella el derecho a la propiedad de las víctimas, mientras que los oficiales ponen desprecio a la institución que representan.
sábado, 04 julio 2026
prisión
Archivo PRIMICIA | La acción en evidencia está tipificada en el artículo 453 del Código Penal, Venezolano

La crisis humanitarias y los desastres naturales exacerban las violaciones a garantías fundamentales, advierte la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, tal como lo muestra la denuncia de los vecinos de las residencias Vallarta, La Guaira, al publicar un vídeo en redes sociales el pasado 30 de junio cuando unos funcionarios del Cicpc tomaron dinero entre el desastre natural.

La acción en evidencia está tipificada en el artículo 453 del Código Penal Venezolano, numeral 2, con una pena de prisión de cuatro a ocho años.

Para el abogado Miguel Vicenti, consultado por PRIMICIA, se vulnera el derecho a la propiedad. Explica que si los legítimos dueños están o no con vida, son objetos que no están a la deriva.” No están al control de sus propietarios porque ocurrió el desastre”.

Sobre el hurto calamitoso

El especialista, analiza lo que se conoce como hurto calamitoso. “Debe tener un agravante porque para el derecho penal, actuar en ventaja contra el otro va a significar una circunstancia agravante, y en este caso específico se le suma también al agravante que esto ocurre luego de un desastre, también es perpetrado por funcionarios públicos”.

En la conversación de este medio con Vicenti, destaca el juramento que realizan los efectivos públicos adscritos a cuerpos de seguridad y rescate, en el cual está inmerso la protección de la ciudadanía y un compendió de principios que son quebrantados por la acción negativa de los uniformados que retiran dólares de los escombros. “Ponen en desprecio a la institución que representan” declara.

A su criterio, se debe prestar especial atención a la declaración jurada. “No es nada más simbólico, es el compromiso de que se va a ejercer el cargo en resguardo de la ética y la moral”. asegura.

Con información de medios nacionales se confirmó que el Centro de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, detuvo a los cuatro agentes tras las denuncias, identificados como Aguilar Reyes Maya, Fredy Lugo Oliveros, Roger Omaña y Josué Burgos Sánchez.

 

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