Sucesos

Cartel de notificación Conas

Se entenderá por notificado de conformidad con el articulo 111 de la preceptuada norma de Disciplina Militar.
Por: Redacción
lunes, 23 enero 2023
Helen Hernández | Cumplen con lo establecido en la ley

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA

GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA

COMANDO NACIONAL ANTIEXTORSIÓN Y SECUESTRO

GRUPO ANTIEXTORSIÓN Y SECUESTRO Nº 62 (BOLIVAR)

COMANDO

NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano $2. LEOMAR JOSE TORRES VILLALBA, C.I. N° V-30.385.984, conforme a lo previsto en el artículo 100, 101 y 104 de la Ley de Disciplina Militar, en concordada relación con el articulo 73 y 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, que en fecha 24 de Diciembre de 2022, fue publicado AUTO DE APERTURA DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO ORDINARIO N° GNB-CG-IG-CONAS-108-22 de fecha 24DIC2022, mediante el cual se ordena el inicio de un Procedimiento Administrativo Disciplinario Ordinario en su contra, con fundamento a los presuntos hechos irregulares conocidos en el RIN sin número de fecha 09DIC2022 el cual es del siguiente tenor “Se encuentra presuntamente involucrado en permanencia no autorizada y sin justificación fuera de la unidad”, hecho donde usted aparece como investigado y se presume que ha subsumido su conducta en los supuestos de Hecho y de Derecho, establecidos como falta GRAVE tipificada en la supra mencionada Ley de Disciplina Militar

Como consecuencia de lo anterior, el órgano sustanciador designado para tales efectos, de conformidad con el articulo 106, 107 numeral 6, sub-numeral 6.2 de la Ley de Disciplina Militar procede de igual modo y fundamentado en el articulo 73 y 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, hacer del conocimiento al mencionado efectivo militar sobre la NOTIFICACIÓN DE RESULTAS y continuación de la FASE PREPARATORIA A LA FASE DE INVESTIGACIÓN, en la instrucción de este Expediente Administrativo del Procedimiento Disciplinario Ordinario con nomenclatura anteriormente descrita, en virtud de existir elementos de convicción que hacen presumir su responsabilidad en los hechos que se investigan

Estimando oportuno informar, que de conformidad con el artículo 108, 109 numeral 1, 2, 3 y 4 de la Ley de Disciplina Militar y fundamentado en el articulo 73 y 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, hacer del conocimiento al mencionado efectivo militar sobre las acciones de la FASE DE INVESTIGACIÓN, en la instrucción de este Expediente Administrativo del Procedimiento Disciplinario Ordinario con nomenclatura anteriormente descrita, lo cual implica a través de esta publicación realizar la convocatoria para el acto de ENCAUSAMIENTO el día Lunes 06 DE FEBRERO DE 2023 a las 08:00 horas de la mañana ante el órgano sustanciador investido por la autoridad competente, en la sede del Gaes N° 62 (Bolivar) del Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro de la Guardia Nacional Bolivariana, con sede en Av. Caracas, Parroquia Unare, Sector UD-321, sede del GAES N° 62 (Bolivar), Puerto Ordaz, Municipio Caroni, Estado Bolivar, debiendo asistir en uniforme Patriota, acompañado de un profesional del derecho (público o privado), para que lo asista en dicho acto.

En tal sentido, se entenderá por notificado de conformidad con el articulo 111 de la preceptuada norma de Disciplina Militar, haciéndose imperativo la aplicación supletoria del artículo 223 del Código de Procedimiento Civil referida a la publicación por carteles a los efectos de dar cumplimiento al debido proceso y derecho a la defensa del encausado, así como el articulo 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. A partir de la publicación y recepción de la presente notificación, se abrirá una articulación probatoria de diez (10) días hábiles para promover su defensa, debiendo además designar su abogado de confianza mediante poder especial si fuere el caso. En lo pertinente a los lapsos este órgano sustanciador procede a informa al notificado, que quince (15) días después de su publicación, operan los lapsos establecidos en los articulos 114, 115, 116, 117, 118,119 y 120 de la Norma que rige la conducta de los militares establecida en la Ley de Disciplina Militar y en cuanto a lo que corresponda a la ORDEN DE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO ORDINARIO N° GNB-CG-IG-CONAS-108-22 de fecha 24DIC2022, por lo cual deberá tenerio en cuenta a los efectos de no incurrir en el error de la extemporaneidad, ahora bien, una vez vencido los lapsos correspondientes ya referidos, se dará por cerrado el procedimiento, dando cumplimiento al debido proceso consagrado en el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,

MAYOR. JHOSENP EDUARDO COVA TORRES

Comandante del GAES Nº 62 (BOLIVAR)

 

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