TSJ admite valuar demandas y cobro de honorarios en dólares
El TSJ admite valuar demandas en dólares. Esto según la sentencia N° 128 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que establece el precedente según el cual se puede demandar y estimar honorarios y costos procesales en divisas extranjeras concretamente en dólares estadounidenses.
Según lo reportado por la Asociación Civil Acceso a la Justicia, mediante su cuenta de Twitter, conforme a la sentencia fechada el 27 de agosto pasado, se “ordena admitir la acción de estimación e intimación de honorarios profesionales efectuada en moneda extranjera”.
La sentencia argumenta a una demanda de casación interpuesta contra una decisión del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que negaba el cobro de honorarios profesionales por asesoría legal en dólares.
La cuantía intimada en la demanda de intimación y estimación de honorarios profesionales de abogado fue por el 30 por ciento del monto de la demanda para un total de 42 mil dólares, más los intereses al 12 por ciento anual, más la indexación correspondiente.
Cabe destacar que los jueces de primera y segunda instancia declararon respectivamente inadmisible la estimación de la demanda con relación a su estimación en dólares americanos.
“Es de destacar que los jueces de primera y segunda instancia declararon respectivamente inadmisible la estimación de la demanda con relación a su estimación en dólares americanos”, apunta Acceso a la Justicia.
La organización señala que, “el TSJ rechazó las sentencias de los jueces de primera y de segunda instancia, (y) admitió que sí se puede demandar en dólares y devolvió el expediente al juez de primera instancia para que lo admitiera cómo lo dice la Sala de Casación Civil”.
Para aclarar cualquier duda, Acceso a Justicia establece que “Si los dos juzgados negaron la admisión porque la estimación se hizo en dólares, y posteriormente la Sala dice que no había razones legales para inadmitir la acción, quiere decir es que es viable estimar los honorarios en dólares”.
La sentencia fue dictada sobre ponencia del magistrado vicepresidente de la Sala de Casación Penal, Francisco Velásquez Estévez.
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— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) September 14, 2020
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