Nación

Seniat exige RIF obligatorio para publicidad en redes sociales

La regulación amplía los controles de fiscalización sobre el comercio electrónico en el país, introduciendo además adaptaciones en la gestión operativa de los contribuyentes.
miércoles, 19 agosto 2026
Solicitaran RIF para publicidades en redes sociales
Cortesía | Las publicaciones comerciales digitales deberán ajustar sus diseños gráficos para dar cumplimiento a la disposición del ente tributario.

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) modificó la normativa sobre el Registro Único de Información Fiscal (RIF) mediante la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, divulgada en la Gaceta Oficial N.º 43.435 el 12 de agosto de 2026.

Esta medida amplía las exigencias tributarias al ámbito de la publicidad digital, estableciendo que cualquier pieza publicitaria transmitida a través de medios masivos y plataformas como Instagram o Facebook debe mostrar de forma visible y legible el número de RIF del anunciante.

Aunque la disposición permite integrar esta identificación tributaria de manera discreta en el diseño gráfico sin alterar el mensaje principal, formaliza la fiscalización directa sobre la presencia comercial y el comercio electrónico en redes sociales. A la par de este ajuste publicitario, la nueva regulación introduce transformaciones operativas clave para el contribuyente venezolano.

 

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