Nación

Intt desmiente que se necesite permiso especial para conducir motos de alta cilindrada

Para conductor motos se puede optar por una licencia de 2do grado tipo A (mayores de 16 años) y tipo B (mayores de 18 años).
viernes, 09 febrero 2024
Cortesía | Los motorizados debe portar licencia 2do grado, dice el Intt

El presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (Intt), G/D Gabriel Arístides Aguana Rodríguez, negó que se requiera de un permiso especial para conducir motos de alta cilindrada como aseguró un funcionario de la Policía de Baruta.

En su cuenta de X publicó un comunicado que señala: “La Ley de Transporte Terrestre, en su artículo 67, referido a la Clasificación de las Licencias para Conducir, especifica que para conducir motocicletas, la persona debe portar licencia 2do grado, siendo la misma de dos tipologías: tipo A, se le otorga a personas mayores de 16 años y permite circular con motos de hasta 80 centímetros cúbicos; y el tipo B, es para personas mayores de 18 años y autoriza a conducir cualquier cilindrada”.

Con respecto funcionario, el comunicado ratifica que no pertenece al Intt y que está siendo sometido a un proceso disciplinario por su actuación y desconocimiento de la normativa. “Este tipo de actividades individuales no representan a la gran mayoría de los funcionarios de seguridad”, señalan.

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