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Tribunal declara “inaplicable” norma que rebaja penas a violadores en Isla de Pascua

Actualmente, se tramitan en el Congreso dos iniciativas para derogarla.
Por: AFP
sábado, 05 septiembre 2020
Cortesía | Si bien el fallo hace referencia a un solo caso, abre la puerta a que en adelante se pueda impugnar la normativa

Una antigua norma que rebaja las penas a condenados por violación o abuso sexual en la remota Isla de Pascua, un territorio insular chileno ubicado en medio del Pacífico, fue declarada este jueves “inaplicable” por el Tribunal Constitucional de Chile.

La ley, promulgada en 1966, cuando el Estado chileno anexó oficialmente la Isla de Pascua -ubicada a unos 3.500 km del continente-, establece varias excepciones para los nacidos en la isla, entre ellas tributarias, por posesión de tierras y ante la justicia.

También otorga beneficios carcelarios y rebaja las penas a condenados por delitos de violación y abuso sexual. En algunos casos, permite la liberación inmediata del acusado, lo que hacía que muchas víctimas se toparan a diario con sus agresores en esta pequeña isla.

Este jueves, por ocho votos contra uno, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) acogió un requerimiento de inaplicabilidad por insconstitucionalidad sobre los artículos 13 y 14 de la llamada “Ley Pascua”, tras ser consultado por un caso específico.

Se trata de la causa del isleño Daniel Paoa, acusado de una violación contra una mujer ocurrida el 6 de octubre de 2019.

Si bien el fallo hace referencia a un solo caso, abre la puerta a que en adelante se pueda impugnar la normativa.

“Esas normas en particular no van a poder ser utilizadas por el juez de garantía de Isla de Pascua en el caso, pero la norma sigue vigente y es parte de nuestro ornamento jurídico”, explicó a la AFP Carola Cotroneo, miembro de la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem).

Sin embargo, agregó la jurista, “cada vez que hay un fallo del Tribunal Constitucional se sienta un precedente”.

En un comunicado, el TC informó sobre la votación, pero no precisó los fundamentos del fallo, “que serán explicitadas en la sentencia y sus prevenciones”, indicó en la nota.

Pensada inicialmente para tener en cuenta las particularidades de la cultura polinesia de los nativos de la isla, más de cinco décadas después y con una población que se ha duplicado, la norma es considerada contraria a los derechos humanos de cientos de mujeres víctimas de violencia en la Isla de Pascua.

Si en el resto de Chile un condenado por violación recibe una pena que va entre los cinco y los 15 años, en la isla la pena parte en los tres años y un día. La normativa permite también cumplir dos tercios de la sentencia con medidas alternativas, como la libertad vigilada o reclusión nocturna.

Actualmente, se tramitan en el Congreso dos iniciativas para derogarla.

 

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