España rechaza extraditar a venezolano por quemar a joven en protestas
La Justicia española rechazó la extradición del venezolano Enzo Franchini Oliveros, reclamado en su país, por haber supuestamente quemado vivo a un joven de 22 años durante una oleada de protestas antigubernamentales en 2017.
La Audiencia Nacional española decidió revocar la decisión que adoptó en junio de dar luz verde a la entrega en contra del criterio de la Fiscalía y de la defensa de Franchini, ejercida por el abogado Ismael Oliver, por lo que decidieron recurrir.
El jurado consideró en un informe de 40 páginas, que “se alcanza el grado de razonabilidad suficiente que exige la jurisprudencia constitucional, como para no descartar ese temor racional y fundado de que se vean afectados los derechos fundamentales” del reclamado.
Temor que surge de la situación política que vive Venezuela y de los problemas que sufren los presos en el país, por lo que creen que Franchini podría sufrir como “aquellos individuos que, por resultar incómodos al régimen existente, son objeto de esas persecuciones indiscriminadas”.
“Es indudable la consideración de la gravedad del delito que motiva la solicitud de extradición, su aparente carencia de connotaciones políticas, unida a los escasos datos que permitan concebir una especial significación del reclamado como opositor al actual gobierno venezolano”, admiten los magistrados al recordar que en todo ello se fundamentó “el criterio favorable” a la extradición.
En la resolución recurrida, los tres jurados que la refrendaron acordaron que fuera el Gobierno español el que examine “con exacto conocimiento de la situación política del Estado requirente y del respeto a las garantías de los derechos humanos básicos, si concurren motivos para pensar que su entrega a Venezuela puede poner en peligro sus derechos fundamentales”
La sección primera de lo Penal de la Audiencia Nacional accedió a la extradición el pasado 5 de junio al considerar que se daban todos los requisitos.
También tras descartar un motivo de persecución política al no “vislumbrar ningún elemento” que acreditara que la reclamación estuviera motivada por “su pertenencia a la oposición política”.
Que el crimen “se produjera en el contexto de una reunión en la vía pública de carácter político no afecta a la connotación del hecho”, afirmaba la resolución ahora revocada.
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