Ecuatorianos pueden cambiarse de sexo y género en el documento de identidad
La comunidad Lgbti+ de Ecuador acogió como una nueva conquista una reforma legislativa que permite ahora cambiar de sexo en el documento de identidad, además del género, y que reduce los obstáculos que encontraban los ciudadanos al hacer la solicitud en el Registro Civil del país.
Cualquier ecuatoriano mayor de 18 años de edad podrá cambiar en el documento de identidad sus nombres, apellidos y/o su sexo o género, conservando su mismo número, por una sola ocasión.
Para efectuar el cambio en el documento de identidad, la persona debe demostrar tener al menos 18 años y presentar una solicitud en cualquier oficina del Registro Civil.
Antes de la reforma, la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles de 2016 solo permitía el cambio de género para las personas trans, pero en varios casos denunciados el Registro Civil, el organismo que gestiona los datos de identidad, exigía certificados que avalen una cirugía de reasignación genital, tratamientos hormonales, sicológicos o médicos.
Esto llevó a que, en 2017, un hombre trans demandara una acción de protección ante la Corte Constitucional porque el Registro Civil no quiso efectuar el cambio de género en su documento, obteniendo un fallo a favor.
La Asamblea Nacional ecuatoriana aprobó con 110 votos a favor de 137 totales la modificación de la ley, acogiendo 12 de 20 observaciones presentadas por el ejecutivo, incluyendo la del cambio también en el sexo.
La coordinadora de la plataforma trans de Ecuador, Diane Rodríguez, reconoció que la decisión es “muy favorable”.
Rodríguez resaltó que el cambio de sexo en el documento personal para las personas trans no requerirá un cambio en la genitalidad.
La categoría género se refiere “al comportamiento o rol social que tenemos las personas públicamente”, femenino o masculino, mientras el sexo alude a la “característica primaria de nacimiento”, es decir a la genitalidad, hombre o mujer, explicó la activista.
La asambleísta Paola Cabezas, presidenta de la comisión legislativa que llevó adelante el proceso, destacó a la AP la reforma al reconocer “los derechos de las personas Lgbti a contar con una identidad, sea para sexo o género”. A ello, se suma que “ahora los requisitos son más flexibles y ágiles”, aseveró.
Como antecedente del cambio normativo, la Corte Constitucional, explicó Rodríguez, había demandado al Registro Civil “que reconozca la categoría sexo en las personas trans sin que tengamos intervenciones quirúrgicas en el cuerpo” y a la Asamblea, establecer una normativa al respecto.
Cabezas reconoció que el Legislativo tenía la obligación de cumplir con el mandato de la Corte “que exigía una ley” y a la vez que se genere un reglamento para “que no haya ambigüedades” al momento de cumplir con los derechos de la comunidad.
“Nadie en este país puede ser discriminado por su sexo o género”, enfatizó la legisladora y precisó que se ha dotado de “herramientas administrativas para que nunca más el Registro Civil vuelva a discriminar a ninguna persona”.
La asambleísta Sofía Sánchez afirmó a la AP que “antes esto estaba regulado por los Registros Civiles (oficinas provinciales) que lo tomaban de manera subjetiva y no había una directriz nacional”. Ahora las reglas están delineadas en la ley.
Zack Elías, activista en la defensa de los derechos de la comunidad Lgbti, celebró estos cambios legales y explicó su importancia para las personas trans que “están tratando de sobrevivir por una identidad, para que nos vean en un documento y nos vean como nos vemos”, dijo.
Elías es director de la Asociación Silueta X y cuenta que experiencias tan cotidianas como hacer una fila se convierten en un dilema. “Me veían con barba y cabello corto y me decían que tenía que colocarme en la fila de hombres, pero yo tenía la cédula con mi sexo de mujer y me tocaba poner en la fila de mujeres”.
La lucha por las reivindicaciones de la comunidad no ha terminado, dice el activista y asegura que la organización ya ha dado los primeros pasos en la búsqueda del reconocimiento del género “no binario” en el documento de identidad.
“Las personas no binarias no se identifican con hombre o mujer, sino que le pueden tratar como deseen”.
El tema que no fue acogido durante el debate legislativo fue ampliar la adopción a personas solteras, divorciadas o viudas, por entrar en “contradicción con la Constitución”.
La adopción continúa siendo un derecho para parejas formadas por hombre y mujer. La ley se remitirá en los próximos días al Registro Oficial.
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