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CPI ordena al fiscal Karim Khan apartarse del caso Venezuela

El fiscal enfrenta una serie de sanciones personales de Estados Unidos que ha restringido su trabajo.
viernes, 01 agosto 2025
fiscal de la CPI
Archivo PRIMICIA | Tenía la obligación de excusarse del caso ante una potencial causa de recusación

La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) determinó que existen motivos suficientes para creer que el fiscal Karim Khan incurre en un conflicto de intereses que compromete su imparcialidad en el caso conocido como “Situación Venezuela I”. En consecuencia, le ordenó apartarse del proceso en un plazo de tres semanas.

En una decisión publicada este viernes, la Sala concluyó que Khan no tomó medidas para demostrar su imparcialidad tras una advertencia formulada el 10 de febrero de 2025, cuando se le invitó a actuar frente a cuestionamientos sobre su relación personal y profesional con miembros del equipo legal que representa al gobierno venezolano ante la Corte.

Entre los argumentos presentados por los demandantes, representados por el abogado Robert Carmona, se señala que Khan está casado con la hermana de Brenda Hollis Alagendra, abogada que formó parte del equipo defensor del gobierno de Nicolás Maduro en la CPI. También se alegó que Khan tuvo una relación jerárquica directa con Alagendra durante su trabajo conjunto en el caso Ruto y Sang en Kenia, donde ella fue designada como abogada asociada bajo su supervisión.

La relación familiar directa entre el Fiscal y una integrante clave del equipo jurídico venezolano, sumada a su vínculo profesional previo, genera un temor fundado de parcialidad, tanto en apariencia como en la sustancia”, expresó la Sala de Apelaciones.

La Corte enfatizó que, de acuerdo con su Estatuto (artículo 42.8), el fiscal tenía la obligación de excusarse del caso ante una potencial causa de recusación. Como no lo hizo, la Sala le ordenó hacerlo formalmente en las próximas tres semanas. También se reservó el derecho de adoptar otras medidas legales, incluida la recusación directa del fiscal, si no cumple con el mandato.

La decisión, aprobada por mayoría con un voto disidente de la jueza peruana Luz del Carmen Ibáñez Carranza, sienta un precedente dentro del proceso Venezuela I, en el que se investigan presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el país sudamericano desde 2017.

Se espera que fiscales adjuntos de la CPI den celeridad al caso, lo que podría traducirse en medidas procesales importantes, como la emisión de nuevas órdenes de arresto.

Actualmente Karim Khan, se ha apartado temporalmente de su cargo mientras se lleva a cabo una investigación externa por presunta conducta sexual inapropiada.

Al mismo tiempo el Fiscal enfrenta una serie de sanciones personales de Estados Unidos que ha restringido su trabajo y tiene efectos en las actividades de la CPI.

La investigación sobre Venezuela se abrió a finales de 2021, fue retrasada por el Estado venezolano, luego apelada en 2023, y está fluyendo sin tropiezos desde marzo de 2024 según funcionarios de la Corte.

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