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Requisitos para viajar con un menor de edad

Las normas son estrictas al momento del traslado con quienes aún no cumplen la mayoría de edad.
Cortesía | Representantes pueden autorizar a un tercero

Los permisos al viajar con un menor de edad en el país o al exterior son estrictos; los padres deben recaudar una serie de documentos necesarios, de acuerdo con la Ley Orgnánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, para evitar inconvenientes al momento del traslado.

En el caso que el niño viaje dentro del país con otro familiar, este debe cumplir con una serie de papeles aprobados por los padres y expedidos por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por una jefatura civil o a través de un documento autenticado.

Para viajes nacionales

Diríjase a las sedes de los registros civiles según su jurisdicción, para solicitar permisos a niños, niñas y adolescentes residentes en la entidad.

Si los menores viajarán al interior solos o en compañía de alguna persona distinta a sus padres se requiere:
– Fotocopia de la partida de nacimiento del menor.
– Fotocopia de la cédula de identidad del padre o madre.
– Fotocopia de la cédula del acompañante.
– Una foto tamaño carnet del menor.
– Copia de algún recibo de servicio donde habita o en su defecto constancia de residencia.
Para tramitar permisos al exterior, deben llevar todos los requisitos antes mencionados, así como los pasaportes (original y copia) del niño o adolescente y del representante y fotocopia de los pasajes, en caso de tenerlo; de lo contrario deberá especificar el modo de transporte a utilizar para el traslado.

Es necesario señalar otros datos sobre el destino y lugar donde permanecerá el menor de edad.

Una vez consignados, le entregarán de manera inmediata y gratuita el permiso solicitado.

En el aeropuerto

Si el viaje es por terminales aéreos le será solicitada la siguiente documentación:

Cuando viaja con los padres: original y copia de la partida de nacimiento del menor.

Si el menor viaja solo, requerirán un permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres.

En ambos casos original y copia de la partida de nacimiento.

Si el menor viaja con terceros, se solicita el permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres; original y copia de la partida de nacimiento, copia de la cédula de identidad de los padres.

Validez del permiso

El Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) destaca que el permiso de viaje es válido siempre y cuando esté debidamente notariado.

Hay que llenar el formato para el otorgamiento del permiso que se descarga gratuitamente en www.saren.gob.ve.

Generalmente el permiso es válido por tres meses.

La norma

El artículo 392 de la (Lopnna), establece que “los niños y adolescentes pueden viajar fuera del país acompañados por ambos padres o por uno sólo de ellos, pero con autorización del otro expedida en documento autenticado, o cuando tienen un solo representante legal y
viaje en compañía de este.

En caso de viajar solos o con terceras personas, requieren autorización de quienes ejerzan su representación, expedida en documento autenticado o por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente”.

La misma ley contempla en el artículo 393 que “si la persona o personas a quienes corresponda otorgar el consentimiento para viajar se negare a darlo o hubiese desacuerdo para su otorgamiento, el padre o madre que autorice el viaje (…) puede acudir ante el juez o jueza y exponerle la situación, a fin de que este decida lo que convenga a su interés superior”.

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