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Presentación de niños después de 3 meses de nacido

Medida es válida por el Artículo 18 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes.
sábado, 28 septiembre 2019
Cortesía | Deben acercarse al registro civil

A los pocos días de nacido, todo niño debe ser presentado ante las autoridades civiles para que sea registrado.

Cuando el infante ya tiene tres o más meses de nacido, debe realizarse un procedimiento distinto debido al tiempo prologado que pasó sin realizarse el proyecto.

Para que se lleve a cabo esta medida, el padre, la madre o algún representante debe acudir a los entes competentes como el Registro Civil.

Requisitos y documentación necesaria
– Presentar certificación de nacimiento o constancia de parto original
– Cédula de identidad, original de los padres o denunciantes
– Parto extra hospitalario: declaración de partera y testigos, constancia de domicilio, Cédula de identidad.
– Nacido fuera del municipio: presentar certificación de nacimiento o constancia de parto original.
– Cédula de identidad original y constancia de domicilio.

¿Donde se puede realizar el trámite?
Dirigirse a la oficina del Consejo de Protección, ubicada en la Av. Dalla Costa, C.C Icabarú, PB oficinas 29, 30 y 31 de San Félix.

Pasos a seguir
Ser atendido en recepción, anotarse en la lista por orden de llegada para ser atendido por un consejero para tomar la declaración y luego dictar la medida.

Amparo
La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su Artículo 18, garantiza la oportunidad de ser inscritos en el Registro Civil de forma gratuita.

Destaca que los padres o representantes de los menores tienen la responsabilidad de efectuar el proceso.

Así mismo certifica que después de que termine el tiempo prudencial de presentación, los organismos competentes deben establecer unas medidas para que el menor pueda ser registrado como un ciudadano.

El Artículo 88 de la Ley Orgánica del Registro Civil también avala el procedimiento.

Presentación ordinaria
Cuando el infante no ha pasado los primeros 90 días de nacido, el proceso de presentación en normal.

¿Quién puede realizar el trámite?
Los padres en caso de ser solteros, en caso de ser casado pueden hacerlo alguno de los dos.

Recaudos
Certificado de nacimiento, cédula de identidad original y fotocopia de los padres, acta de matrimonio en caso de ser casados.

Pasos a seguir
Dirigirse al Registro Civil de la parroquia correspondiente o el municipal. Esperar un lapso de una hora para que las autoridades correspondientes revisen los recaudos solicitados.

Lugar donde se realiza el trámite

Registro Civil de cada parroquia o en el registro municipal, ubicado en el Centro Comercial Icabarú, San Félix.

En caso de que un niño haya nacido en la maternidad Negra Hipólita, Hospital Raúl Leoni de Guaiparo y el hospital Uyapar pueden presentarlos allí mismo.

Mayores de edad
En el caso de los mayores de edad, deben dirigirse al registro civil y plantear el problema a las autoridades encargada, quienes evaluarán el caso para saber cómo proceder.

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