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¿En qué situaciones se requiere un abogado?

Los que ejercen la carrera de Derecho asesoran a los individuos en todo tipo de aspectos legales.
domingo, 23 junio 2019
Abogado
Cortesía | Los abogados celebran su día cada 23 de junio

En su formación, el abogado debe estudiar las leyes del país, pues tendrá la labor de asesorar a los individuos que pidan sus servicios en todo lo relacionado con los aspectos legales.

En cuanto a la conmemoración de esta profesión, se puede decir que gracias a un decreto del presidente de la época en 1972, Rafael Caldera, fue que el 23 de junio se constituyó como el Día Nacional del Abogado.

Se dice que la fecha también fue tomado por el nacimiento de Cristobal Hurtado de Mendoza (1811), quien además de ser el primer presidente de Venezuela tras la declaración de la independencia, también es recordado por su profesión como abogado. En el marco de la celebración del Día del Abogado, aquí se detallan una lista de los servicios que pueden brindar los profesionales del derecho:

– Defensa de sus intereses en todo tipo de procedimientos judiciales, ya sean estos de la jurisdicción civil, penal, social o contencioso – administrativa.

– Negociación y redacción de todo tipo de contratos públicos o privados, ya sean estos de trabajo, de ejecución de obras o prestación de servicios, de compraventa de bienes, préstamo.

– Asesoramiento e intermediación en todo tipo de operaciones inmobiliarias, compraventas y/o arrendamientos de pisos y fincas urbanas y rústicas, con la preparación de los contratos y documentos jurídicos necesarios.

– Defensa de sus intereses y asesoramiento en materia urbanística, actuando a tal efecto ante las administraciones locales y superiores, y configurando todas las formalidades jurídicas necesarias (redacción de planes urbanísticos, constitución y gestión de juntas de compensación, preparación de contratos y extinciones de contrato).

– Asesoramiento fiscal, preparación y presentación de todo tipo de declaraciones y obligaciones fiscales (Impuesto de la Renta, I.V.A., Impuesto de Sociedades). Recursos y reclamaciones contra los actos de las haciendas públicas.

– Redacción de testamentos, declaraciones de herederos sin testamento y particiones hereditarias, así como procedimientos judiciales en materia hereditaria.

– Redacción de capitulaciones relativas al régimen económico del matrimonio (separación de bienes, sociedad de gananciales).

– Asesoramiento y gestión de derechos en materia de propiedad intelectual e industrial (marcas, patentes).

– Defensa ante la imposición de sanciones y multas por parte de cualquier organismo público.

– Redacción de escritos y recursos en todo tipo de procedimientos administrativos (expropiación forzosa, contratación con las administraciones públicas), gestión de sus intereses en los distintos organismos y obtención de todo tipo de licencias, autorizaciones, subvenciones.

– Constitución, gestión y disolución de todo tipo de sociedades mercantiles y civiles, operaciones de reestructuración societaria (fusión, escisión), y asesoramiento general en derecho de la empresa (aspectos mercantiles, laborales y fiscales, derecho administrativo).

l) Asistencia y/o acompañamiento a todo tipo de juntas o reuniones (sociedades, comunidades de propietarios, asociaciones).

– Mediación en conflictos familiares, empresariales, laborales.

– Intervención como árbitro de equidad o de derecho para la resolución de cualquier tipo de disputas o conflictos entre personas o empresas.

– Reclamaciones por accidentes a los sujetos responsables, a las compañías de seguros y/o a los organismos públicos.

– Gestión y reclamo de todo tipo de derechos y pensiones a la Seguridad Social (desempleo, jubilación, maternidad, incapacidades).

– Negociación y gestión de todo tipo de derechos laborales (salarios, condiciones de trabajo).

– Reclamación de todo tipo de deudas y obligaciones.

 

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