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Cómo registrar una firma personal

Es un documento que declara al usuario comerciante ante el registrador mercantil y eso da derecho a usar un nombre comercial y a asumir las funciones que cumpliría cualquier empresa o sociedad mercantil.
lunes, 20 enero 2020
Cortesía | Los requisitos se presentan ante un registro mercantil

Para aquellas personas interesadas en registrar una firma personal, he aquí los requisitos que deben presentar ante un registro mercantil para poder hacer efectivo el trámite. Probablemente puedan existir variaciones en cuanto a la cantidad y tipo de documentos a consignar dependiendo de la jurisdicción o zona de Venezuela, por ello, instamos a consultar antes en el registro mercantil cercano a su domicilio.

Requisitos para registrar una firma personal

– Documento de Identidad completamente actual (único y copia)

– Documento redactado y aprobación por procurador o abogada, o dictamen definitivamente estable, o cualquier tercero de circunstancia procedente de jurisdicción competente.

-Tributos nacionales, estadales y/o municipales, según sea el caso.

-Reserva del seudónimo. Para ello se deberá ejecutar anticipadamente la investigación del título, en cuya gestión se consignará: Denominación Financiero a solicitar:
-Denominación Mercantil a solicitar.

-Registro de Indagación Fiscalizador (RIF) del comerciante

Si es extranjero copia del Pasaporte con la respectiva Visa (transitorio de negocios)

– Recibo de algún servicio domestico el cual este al nombre del solicitante (agua, luz, internet), entre otros)

– Constancia de Residencia (original y copia)

– Reembolso de “reserva del nombre”, este reembolso se enuncia en Unidades .Tributarias . El interesado debe examinar el importe de las Unidades tributarias.

Pasos para solicitar la firma personal
Solicitar la indagación del seudónimo o título social de la firma.

Esto se realiza mediante un tamaño que es cedido en el reconocimiento mercantil.

Luego se debe conseguir la planilla para establecer el Autógrafo Particular y imponer en la enumeración bancaria señalada por el reconocimiento de comercio.

Prudencia de seudónimo o nombre social. Si el calificativo o nombre social cotizado está libre, hay que costear el monto proporcionado por noción de derechos de discreción, centralmente de los tres (3) días hábiles siguientes al tiempo en la cual se dio la contestación positiva

Sello de “Visto Bueno”. Dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a efectuada la reserva de nombre, debe dirigirse a la taquilla 2 con el acta constitutiva de la firma personal para que le estampen el sello de visto bueno después de revisar que el nombre o denominación social se encuentre bien redactado.

Compra de planillas: Por lo general se adquieren en la taquilla de timbres fiscales de la oficina del registro mercantil, se pueden obtener toda la cantidad de planillas de liquidación como documentos que se deseen inscribir.

Cálculo del precio a ingresar por la inscripción: Al presentarse en la casilla de sistematización -con su certificado y la planilla de desembolso-, el oficinista del Registro calculará las cantidades que se deben solventar por conceptos de estampillas o timbres fiscales y aranceles.

Elaboración de planilla de derechos del fisco: En el mismo despacho, un oficinista rellenará la planilla compatible a lo calculado de convenio a la Legislación de Estampilla Estatal y seguidamente (cuando la tenga enumeración) será llamado para entregársela.

Reembolso de los derechos correspondiente: Se paga el conjunto expresada en la planilla, por intermedio de un establecimiento a seudónimo de la entidad contralor procedente.

Revisión final y firma del Registrador: Los abogados del Departamento de Otorgamiento revisarán el documento para constatar el cumplimiento de todos los extremos legales –entre otras cosas- sellos, notas de certificación.

Saren

El Servicio Autónomo de registros y Notarias (SAREN), es la institución del estado venezolano la cual administra y registra todos los documentos relacionados a las notarias y apostilles del país. Esta corporación dependiente del gobierno venezolano y adscrito al gabinete del poder popular para Relaciones Interiores, Imparcialidad y Paz, encargado de inspeccionar y/o notariar documentos.

 

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