Ciudad

TSJ ratifica vigencia de Ordenanza de Desechos Sólidos en Caroní

La sentencia, bajo la ponencia de la magistrada Michel Adriana Velásquez Grillet, asegura la continuidad y legalidad de la aplicación de la ordenanza municipal y sus tarifas.
miércoles, 26 noviembre 2025
Archivo | Empresa Fospuca está "ajustada a Derecho"

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de su Sala Constitucional, ratificó la plena vigencia de la Ordenanza para la Gestión y Manejo Integral de la Recolección y Tratamiento de Residuos y Desechos Sólidos del Municipio Caroní, estado Bolívar.

La decisión, emitida con fecha 26 de noviembre de 2025 (Sentencia N° 1889), desestimó la demanda de nulidad interpuesta contra la normativa que regula el servicio de aseo urbano.

Según la información judicial, la Sala Constitucional declaró “sin “lugar” la demanda de nulidad por inconstitucionalidad presentada por el abogado José Gregorio Meignen Requena en representación de las ciudadanas Carmen Susana Linares Tejeda, Rosa María Dorta Barreto y Betzahid Milagro Velásquez Navarro.

La acción legal buscaba anular conjuntamente con medida cautelar de suspensión los efectos de los artículos del 72 al 81 y el 87 de la “Reforma Parcial de la Ordenanza para la Gestión y Manejo Integral de la Recolección y Tratamiento de Residuos y Desechos Sólidos”, publicada en la Gaceta Municipal N° 206/2023 del 12 de diciembre de 2023.

Con esta decisión del máximo tribunal, se confirma que la actuación de la empresa Fospuca, encargada de la recolección de desechos sólidos en Caroní, “está ajustada a Derecho”. La sentencia, bajo la ponencia de la magistrada Michel Adriana Velásquez Grillet, asegura la continuidad y legalidad de la aplicación de la ordenanza municipal y sus tarifas.

 

 

 

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