Improambiente: Provocar quema de vegetación es penalizado
Antonio Agrimón, director del Instituto Municipal de Gestión y Protección del Ambiente (Improambiente), precisa que los incendios de vegetación tienen penalización.
Asegura que desde Improambiente, a través de la educación ambiental, están orientando, promoviendo e impulsando en la sociedad conocimientos y acciones que contribuyan a un mejor mañana por medio de conversatorios relacionados con la práctica ilegal de quema e incendios forestales, además del impacto que genera sobre el ambiente y la salud.
¿Cuáles son las sanciones?
Agrimón cita que la Ley Penal del Ambiente en el artículo 64 sanciona a la persona natural o jurídica que haya incendiado fondos rústicos, plantaciones, dehesas o sabanas de cría, a prisión de uno a cinco años o una multa de mil a cinco mil unidades tributarias.
Agrega que en el artículo 65 de esta misma ley sanciona a la persona natural o jurídica que provoque incendio en selvas, bosques , sabanas o cualquier área cubierta de vegetación natural con prisión de uno a seis años o multa de mil a seis mil unidades tributarias.
Si las áreas incendiadas colindan con bosques que surten agua a las poblaciones, la pena será de siete años de prisión o multa de dos mil a siete mil unidades tributarias.
¿Dónde se reporta?
El director de Improambiente indica que los ciudadanos pueden reportar estas actividades ilegales a través de Improambiente Caroní o el Ministerio de Ecosocialismo.
Agrimón dejó el contacto a disposición 0424-950-1280 y las redes sociales de Improambiente y el correo presidenciaimproambiente@gmail.com
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