Ciudad

Edicto

A partir del día siguiente a que conste en autos la consignación de la última de las publicaciones.
Por: Redacción
viernes, 06 septiembre 2024
Helen Hernández | Cumplen con lo establecido en la ley

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

Puerto Ordaz, 05 de junio de 2024

Años: 214° y 165°

EDICTO

SE LE HACE SABER

A los herederos conocidos y desconocidos del causante HUASCAR URBANO ROMERO ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, quien portara la cédula de identidad NV-3.901.809, quien falleció el día 14/07/2021 a consecuencia de EVENTO CEREBROVASCULAR HEMORRÁGICO, HIPERTENSIÓN ARTERIAL SISTÉMICA; que por auto de esta misma fecha este Despacho Judicial ordeno librar el presente edicto, a fin de hacer de su conocimiento que por ante este Juzgado cursa juicio que por Liquidación de la Comunidad, interpuesto por el ciudadano HUASCAR URBANO ROMERO ALMEIDA (+) en contra de la ciudadana Gladys Alcaide Torrellas, para que comparezcan por ante este Juzgado Superior en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. hasta las 3:30 p.m., dentro de sesenta (60) días continuos, contados a partir del día siguiente a que conste en autos la consignación de la última de las publicaciones que del presente edicto se haga, a fin de imponerse de dicho juicio. Asimismo, se hace constar que un (01) ejemplar del mismo será fijado en las puertas de este Tribunal dejándose expresa constancia de la fijación del mismo y otro ejemplar será publicado en los diarios NUEVA PRENSA DE GUAYANA y PRIMICIA, dos (2) veces por semana durante sesenta (60) días continuos, debiendo la parte consignar todas y cada una de las publicaciones, a fin de computarse el lapso de comparecencia, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, con la advertencia que transcurrido el referido lapso de comparecencia, sin verificarse esta el Tribunal nombrara un defensor los herederos desconocidos, de acuerdo al artículo 232 del mismo texto legal.

El Juez Provisorio
ALEXANDER RAFAP GUVARA MARCIEL

La Secretaria,
YNGRID GUEVARA

ARGM/yg
Exn N°17-5307

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