Ciudad

¿Dónde denunciar el maltrato infantil?

El abogado Miguel Vicenti resalta que, independientemente de tener parentesco con la víctima o no, es un deber moral acudir a las autoridades a denunciar.
viernes, 24 mayo 2024
maltrato infantil
Cortesía | Cualquier persona tiene facultad para formular una denuncia

Ya sea por parte de sus padres, responsables o terceros, los niños y adolescentes están expuestos a ser víctimas de maltrato, por lo que es necesario conocer cómo actuar frente a estos casos y hacer la denuncia de manera oportuna.

Miguel Vincenti, abogado, destaca a PRIMICIA que los ciudadanos comparten sus funciones dentro del sistema de protección, por lo que los niños deberían ser protegidos por todos.

Señala que, de acuerdo con las leyes, previo conocimiento de que un niño está siendo maltratado, cualquier persona mayor de edad está facultada para formular una denuncia, independientemente si tiene parentesco con la víctima o no.

Además, el marco de protección establecido por la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) y la Constitución, señala que cualquier institución que tenga conocimiento de maltrato infantil pueda tomar acción o, en caso de no ser receptor de denuncias, presentarla ante el órgano competente.

El abogado expone que los cuerpos de seguridad, el Ministerio Público, las defensorías escolares, y los consejos de protección en cualquiera de sus oficinas son centros de recepción de denuncias.

“Y si no tienen la competencia para tramitarlas tienen el deber moral de llevarlo al ente e impulsarlo”, añade.

 

¿Qué sucede con la denuncia?

El maltrato o trato cruel está tipificado en el artículo 254 de la Lopnna, el cual establece que, ya sea físico o psicológico, será penado con prisión de uno a tres años.

La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entra dentro del espectro de protección y, dependiendo de si la víctima es niña o niño, se aplicará preferencialmente su normativa o la Lopnna.

Vincenti resalta que cuando los agresores del niño son denunciados, la primera acción que debe tomar el órgano de la investigación penal es poner en resguardo a la víctima para que no siga profundizandose su condición.

“Si los autores son los padres, el consejo de protección debe iniciar un procedimiento con el cual el niño debe ser reubicado, preferiblemente dentro de su propio seno familiar, otorgándole una custodia preventiva (…) familiares que deben garantizar que no va a seguir siendo víctima de maltrato”, manifiesta.

Enfatiza en el trabajo de un equipo multidisciplinario en el procedimiento, pues se debe acompañar por un psicólogo, un trabajador social o un psicopedagogo, si el caso tiene relación con el entorno estudiantil, para velar por su bienestar.

Si no existe familiar con las condiciones mínimas para la custodia temporal, el consejo de protección debe brindar la atención al niño a través de las casas de abrigo, las cuales actualmente son pocas, de acuerdo con el abogado.

“Si, en efecto, los padres son las personas señaladas o investigadas, esa medida se va a prolongar en el tiempo. Es facultad, tanto del Ministerio Público como del Consejo de Protección, velar por la integridad de ese niño”, sostiene.

 

Atención a casos de maltrato infantil

Vincenti explica la más reciente reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia amplió los órganos receptores de denuncias, incluyendo a los consejos comunales, las defensorías del niño, los tribunales de justicia de paz y toda institución pública que participe dentro del sistema de protección.

“A pesar de que no se señala directamente quiénes son esas instituciones, cualquier órgano de la administración pública está llamado a atender los casos de maltrato infantil”, sostiene.

Menciona que, en caso de que una persona sea testigo de maltrato y lo tiene documentado en vídeo, por ejemplo, puede constituirse como un medio de prueba para demostrar la comisión de un hecho punible y su autor.

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