Cartel único de remate
CARTEL ÚNICO DE REMATE
La Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de Guayana (CIVG), cumpliendo con el deber de preservar el patrimonio de los socios y la estabilidad económica del Centro mismo, a fin de seguir prestando un servicio eficiente, oportuno, sustentable y de costos razonables, hace saber a todos los interesados, que el lapso establecido en el aviso de cobro de 45 días continuos, previsto en el artículo 1 del Reglamento Interno de Remate de Acciones Insolventes, publicado por una sola vez en el diario de edición y circulación local “Primicia”, en las Carteleras del Centro, en la red social Instagram del club y una copia dejada en el domicilio indicado en cada uno de los expedientes personales de cada socio, dirigido a los propietarios de las acciones que se identifican numéricamente a continuación: 2016, 2032, 2034, 2044, 2045, 2054, 2074, 2089, 2093, 2102, 2108, 2145, 2159, 2162, 2179, 2186, 2187, 2217, 2233, 2559, 2567, 2569, 2572, 2574, 2578, 2592, 2602, 2609, 2613, 2614, 2619, 2711, 2718, 2723, 2726, 2727, 2728, 2748, 2751, 2764, 2765, 2773, 2781,2790, 2968; cuya morosidad en las cuotas de mantenimiento y otras obligaciones superan los dieciocho (18) meses, ha quedado íntegramente consumado, por tanto, de conformidad con el artículo 2 del mencionado reglamento, se fija para el día 15 de Agosto a las 10 am el acto de remate de las acciones arriba identificadas, que se llevará a cabo en las instalaciones del Gran Salón del Centro Ítalo Venezolano de Guayana.
Las personas que estuvieren interesadas en participar en el remate de acciones, a partir de la publicación de este cartel podrán retirar por las oficinas de la Gerencia General del club, el 20 de junio, en horario comprendido entre las 8 am a las 12 m, la planilla de solicitud de precalificación de admisión, con el apercibimiento de que la referida solicitud, deberá ser presentada al Centro Ítalo Venezolano de Guayana, con todos los recaudos requeridos, por lo menos con 8 días de anticipación a la fecha fijada para el acto de remate, a fin de que la Comisión de Admisión evaluado el aspirante, se pronuncie sobre la precalificación de admisión del interesado. En caso de ser negada la solicitud, el interesado no podrá participar en el remate de acciones y la Comisión de Admisión no está obligada a motivar las razones por las cuales la niega.
Puerto Ordaz, a los diecinueve (19) días del mes de junio del año 2024.
Tomas Brunini
Presidente
Sebastián Pérez
Secretario
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