Ciudad

Cartel de notificación

Debe comparecer ante el tribunal.
Por: Redacción
miércoles, 06 marzo 2024
Helen Hernández | Cumplen con lo establecido en la ley

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación Y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Edo. Bolívar, Sede Puerto Ordaz

Puerto Ordaz, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro 213° y 165°

ASUNTO PRINCIPAL FP11-J-2024-000101

ASUNTO : FP11-J-2024-000101

CARTEL DE NOTIFICACION

Al Ciudadana (o): WILMER ENRIQUE MOLINA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 11.105.781, que con motivo a la demanda por DIVORCIO POR DESAFECTO, incoado su contra, por la ciudadana: MARIA FERNANDA VELASQUEZ MARIANI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.908.735, en el asunto signado con el N° FP11-J-2024-101, debe concurrir por ante este Despacho, dentro de los treinta (30) días de despacho siguiente a la constancia hecha en autos del/la secretario(a) de haber practicado la última de la notificaciones que a las parte se haga, a darse por notificada(o), a los fines de conocer mediante auto expreso la oportunidad fijada para que se proceda a la Audiencia De Mediación en el presente asunto. SE LE ADVIERTE EXPRESAMENTE QUE EL LAPSO DE SU COMPARECENCIA COMENZARÁ A CONTARSE AL DIA SIGUIENTE DE LA CONSTANCIA EN AUTO POR SECRETARIA (O) DE LA ÚLTIMA FORMALIDAD CUMPLIDA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 461 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NINOS, NINAS Y ADOLESCENTES, CUMPLASE.-

ABG. ALIANNYS KARINA GONZALEZ

Jueza Provisorio del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

AG/dg

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