Cartel de citación
CARTEL DE CITACIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, DIECISIETE (17) DE SEPTIEMBRE DEL 2.024
AÑOS:214° Y 165°
SE HACE SABER:
A la SOCIEDAD MERCANTIL BOUTIQUE DEL MAR, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en fecha 11 de diciembre de 2001, bajo I N° 31, Tomo 64-A- Pro., posteriormente modificados sus estatutos, según se evidencia de Acta de Asamblea debidamente inscrita por ante el prenombrado Registro en fecha 04 de octubre de 2002, bajo el N° 01, Tomo 33-A-Pro.; con Registro de información Fiscal (R.I.F) N° J-308856495, representada por su Apoderado Especial, ciudadano MIGUEL ANGEL GRAND M, mayor de edad, con domicilio, titular de la cédula de identidad N° E- 81.374.004, en su condición de Arrendatario, que deberá comparecer por ante este Juzgado Cuarto de Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, dentro de un plazo de QUINCE(15) DIAS CONTINUOS, a partir de la publicación por la prensa, consignación y fijación del presente cartel, a darse por citado en el juicio con MOTIVO: DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoado por el Abogado en ejercicio LEONARDO RAFAEL MATA ALZOLAY, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 316.236, actuando en su carácter de Apoderado General de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES HUMARA, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primer de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz, en fecha 15 de mayo del 2003, bajo el numero 5, tomo 144-A-pro. Expediente 29446 e identificada con el Registro de identificación Fiscal (R.I.F) numero J-31009737- 2. Se le advierte que si no comparece en el lapso antes señalado, se le designara Defensor Ad Litem con quien se entenderá la citación y demás diligencias del presente proceso hasta su terminación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
Un cartel igual a este será fijado por el Secretario en la morada, oficina o negocio de la parte
demandada.
El presente cartel se ordenó publicar en los diarios “NUEVA PRENSA”y “PRIMICIA”, con intervalo
de tres días entre uno y otro cartel.
LA JUEZA
ROEMYRA NAVARRO VALERA
LA SECRETARIA
EDDYS MARTINEZ CAMPOS
RNV/emc/nybyz
Exp 2.184-24
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