Cartel
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 23 de enero de 2024
Año 213° y 164°
CARTEL
SE HACE SABER:
Que con motivo a la solicitud de convocatoria de asamblea de propietarios interesados para la elección de nueva junta de condominio del Centro Comercial “La Churuata” presentada por los ciudadanos: Javier Martínez, Juan José Ascarate, Ana Bustamante, Maritzabel Diaz, Jhonnys Scipioni, Maria Eugenia Espin, José Raúl Silvera, José Pacheco, Carlos Zerpa, Arduino Difulvio, Marlin Ardila, José Carballeda, Jesús Pomarino, Aybeth Rodriguez, Eduardo Chávez, Gisela Díaz y Trina Cardozo, plenamente identificados, por sentencia dictada en esta misma fecha, vale indicar, 23-01-2023, de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad al artículo 24 de la Ley de Propiedad Horizontal, fue declarada procedente. En consecuencia, bajo las directrices establecidas en el documento de condominio que rigen al Centro Comercial La Churuata, vale indicar, articulo 6.3 y siguientes del referido documento, se convoca a todos los propietarios del centro comercial La Churuata a una asamblea general de copropietarios, con el objeto de tratar el siguiente punto: “Elección de la junta de condominio del centro comercial La Churuata, ubicado en la carrera Milan y zona de reserva CVG Carrera Roma y sub-estación de Cadafe, Unidad de Desarrollo 241 de ciudad Guayana Municipio Caroní del estado Bolívar, la cual se llevara a cabo, lugar: Sede de la oficina de la administración del centro comercial La churuata, día: Sábado 03-02-2024, hora: cuatro de la tarde (04:00 pm), la cual se realizara tal y como lo establece los estatutos de condominio vigentes, a tal efecto líbrense dos (2) carteles de un mismo tenor y entréguense uno (1) de ellos a la secretaria de este despacho a los fines de que realice la fijación en la entrada principal centro comercial; y el segundo, de ellos, entréguese a los solicitantes a los fines de que sea publicado en el diario “Primicia” diario de circulación en la localidad, debiendo éste consignar al Tribunal para ser agregado a este expediente, un ejemplar del periódico donde aparezca publicado el mismo, teniéndose en cuenta que ambas fijaciones deberá hacerse con tres (3) días de anticipación a la fecha fijada para la realización de la asamblea de propietarios, por lo menos, tal cual así lo indica el referido artículo 6.3 del documento condominio.
El presente cartel deberá ser publicado una sola vez en el diario Primicia
ANDREINA ROSALES QUINTERO
LA JUEZA
AR/gm
Expediente 20982
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