Ciudad

Aviso legal

En virtud de haber resultado infructuoso la Citación Personal de los demandados; en consecuencia, este Tribunal acuerda lo peticionado por ser procedente.
Por: Redacción
martes, 17 enero 2023
Helen Hernández | Cumplen con lo establecido en la ley

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDIGIAL

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

PUERTO ORDAZ, DIECINUEVE (19) DE DICIEMBRE DEL 2.022

AÑOS: 212° Y 163°

COMPETENCIA CIVIL

Recibido y visto el contenido de la diligencia de fecha 15/12/2022, suscrita por el Abogado en ejercicio ciudadano: DAVID DE PONTE LIRA, venezolano, mayor de edad. Titular de la Cédula de identidad Nro. V- 3.743.906, I.P:S.A 9.637, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, INMOBILIARIA DIMAGIPAWAL C.A, donde expone y solicita a este Tribunal practicar la Citación por Carteles a los demandados de autos, ciudadanos: EMENENCIA ESPERANZA ARIAS DE TANG, FABIOLA ESPERANZA TANG ARIAS, MILVIA EMPERATRIZ TANG ARIAS Y SIMON FRANCISCO TANG ARIAS. venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.079.584, V-11.730.888, V- 13.091.987, V- 17.884.036, en representación de TAE MOTORS C.A respectivamente, según lo establecido en el articulo 223 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber resultado infructuoso la Citación Personal de los demandados; en consecuencia, este Tribunal acuerda lo peticionado por ser procedente. ordenando de conformidad con lo previsto en el Articulo 223 ejusdem, la citación por Carteles de la PARTE DEMANDADA, ciudadanos: EMENENCIA ESPERANZA ARIAS DE TANG, FABIOLA ESPERANZA TANG ARIAS, MILVIA EMIPERATRIZ TANG ARIAS Y SIMÓN FRANCISCO TANG ARIAS venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.079.584, V-11.730.888, V-13.091.987, V. 17.884.036, y se acuerda librar a los fines de su publicación por la prensa, en los Diarios”NUEVA PRENSA” y “PRIMICIA”con intervalo de tres días entre uno y otro cartel, a los fines de que comparezca ante este Tribunal dentro de los QUINCE (15) días continuos contados a partir de la ultima de la publicación, consignación y fijación que de dicho cartel se haga, a darse por citados en el presente juicio. con la advertencia que si no comparece en el lapso antes señalado, se le designara Defensor Ad Litem, con quien se entenderá la citación y demás diligencias del proceso hasta su terminación. Líbrese cartel

LA JUEZA

ROEMYRA NAVARRO VALERA

LA SEGRETARIA

EDDYS MARTINEZ CAMPOS

Seguidamente se dio cumplimiento con lo ordenado en el auto antecedente

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