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Aviso de cobro

La Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de Guayana otorgó un plazo de 45 días a los socios con más de 18 meses de morosidad para cancelar sus deudas o suscribir un convenio de pago antes del remate de sus acciones.
viernes, 03 julio 2026
aviso legal
Cortesía | Aviso de cobro

La Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de Guayana (CIVG), cumpliendo con el deber de preservar el patrimonio de los socios y la estabilidad económica del Centro mismo, a fin de seguir prestando un servicio eficiente, oportuno, sustentable y de costos razonables, hace saber a los socios propietarios de las acciones que se identifican numéricamente a continuación: 0005, 0014, 0025, 0031, 0042, 0045, 0046, 0066, 0089, 0148, 0154, 0163, 0191, 0195, 0235, 0236, 0238, 0244, 0252, 0286, 0303, 0308, 0315, 0334, 0343, 0345, 0349, 0367, 0374, 0398, 0406, 0448, 0486, 0487, 0495, 0503, 0567, 0582, 0594, 0636, 0677, 0687, 0689, 0692, 0704, 0710, 0716, 0720, 0736, 0737, 0762, 0774, 0808, 0867, 0870, 0889, 0901, 0911, 0928, 0945, 0946, 0951, 1025, 1036, 1060, 1063, 1077, 1106, 1112, 1114, 1132, 1151, 1155, 1162, 1169, 1225, 1251, 1256, 1257, 1273, 1285, 1293, 1302, 1323, 1337, 1353, 1355, 1356, 1361, 1368, 1396, 1419, 1427, 1465, 1471, 1476, 1486, 1501, 1530, 1532, 1546, 1574, 1580, 1582, 1601, 1625, 1626, 1636, 1684, 1694, 1695, 1750, 1755, 1777, 1787, 1804, 1829, 1836, 1837, 1842, 1846, 1850, 1852, 1855, 1883, 1906, 1932, 1941, 1946, 1961, 1965, 1986, 1987, 2017, 2025, 2042, 2061, 2088, 2091, 2092, 2101, 2120, 2123, 2144, 2148, 2149, 2158, 2181, 2184, 2197, 2202, 2206, 2247, 2259, 2292, 2302, 2316, 2324, 2339, 2343, 2351, 2359, 2368, 2398, 2437, 2439, 2466, 2487, 2506, 2508, 2519, 2546, 2548, 2549, 2557, 2563, 2565, 2589, 2606, 2608, 2611, 2711, 2717, 2745, 2746, 2752, 2758, 2779, 2793, 2802, 2810, 2816, 2817, 2832, 2855, 2862, 2877, 2887, 2890, 2914, 2925, 2931, 2935, 2938, 2939, 2945, 2963, 2973, 2983, 2986, 2990, 3061, 3062, 3080; cuya morosidad en las cuotas de mantenimiento y otras obligaciones superan los dieciocho (18) meses, que de no pagar el monto adeudado o llegar a un convenimiento de pago debidamente autorizado por esta Junta Directiva, en el plazo de cuarenta y cinco (45) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación del presente aviso de cobro, en un diario de edición y circulación local, y de su fijación en las carteleras del Centro, se procederá por acto público al remate de la acción respectiva, para la recuperación de la deuda acumulada, según lo establecido en el artículo 53 de los Estatutos de Centro Ítalo Venezolano de Guayana (CIVG) y el artículo 1 del Reglamento Interno de Remate de Acciones Insolventes. Asimismo, la Junta Directiva acuerda publicar este aviso de cobro, en las redes sociales del Centro Ítalo Venezolano de Guayana (CIVG).

Ciudad Guayana, a los tres (03) días del mes de julio del año 2026.

La Junta Directiva

Aviso de cobro centro italio venezolano de Guayana

 

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