Especiales

Lo que implica el Impuesto a Grandes Patrimonios

Afecta a los contribuyentes especiales sean personas naturales o jurídicas.
martes, 01 octubre 2019
Archivo PRIMICIA | Cuando el patrimonio neto es igual o mayor a 150 millones de UT se debe pagar el impuesto

Hoy 1 de octubre inicia el plazo para la declaración del Impuesto a Grandes Patrimonios. Los contribuyentes especiales deberán ponerse al día para evitar sanciones.

Debe recordarse que fue a principios del mes de julio que la Asamblea Nacional Constituyente aprobó esta ley. La norma aplica para personas naturales o jurídicas que tengan un patrimonio mayor o igual a 150 Millones de Unidades Tributarias (UT) equivalente a Bs.7.500 millones usando el valor actual de Bs 50 por UT.

Esto, multiplicado por 0,25%, que es la tarifa, resulta Bs. 18.750.000, que sería el mínimo que deberá pagar un contribuyente especial. El anuncio corresponde a la Gaceta Oficial N° 41.667.

Como otros impuestos, éste deberá ser declarado anualmente. El hecho imponible será el 30 de noviembre de cada año.

Ante el inicio del periodo para su declaración, Raúl Gil Arias, consultor empresarial y contador público, recomendó que toda empresa debe preparar a su personal para elaborar la declaración y pagar en los meses estipulados.

¿Cómo se valorizará el impuesto?

Arias señala que la manera en que se valorizará este impuesto aún no es clara.

Pero sostiene que se deberán tomar en cuenta cinco aspectos importantes; valor histórico, que es con el que fue adquirido el bien, valor de mercado, valor actualizado por la inflación, valor según la moneda extranjera (en dolares) y valor catastral municipal.

Para esto, recomienda a las empresas que hagan un listado de activos y ubicar todas las facturas de compra originales y documentos de propiedad.

Estos cinco ítems deben ser colocados en una hoja de trabajo para luego, según lo señalado en la Gaceta, medir cuál es el valor superior y proceder a hacer la declaración.

Doble tributación

Un aspecto importante de destacar es que este nuevo impuesto implica doble tributación, es decir, no es deducible del Impuesto Sobre la Renta (Islr), sino que es aparte y constituye otro gasto para la empresa.

Gil explica que el contribuyente especial no podrá aprovechar para declarar el Impuesto a Grandes Patrimonios cuando lo haga para el Islr el 31 de diciembre de cada año.

Ahora, el declarante deberá responder por sus obligaciones económicas en octubre y diciembre anualmente.

Poder para la administración tributaria

El experto en contaduría pública señala que es delicado como, con esta nueva ley, se le otorga facultades a la administración tributaria, en este caso a cargo del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

Uno de esos poderes otorgados sería el cobro ejecutivo. Esto le da al ente la potestad de embargar de manera cautelar e inmediata los bienes que no se hayan incluido en la declaración de Grandes Impuestos.

Esta acción correspondería para asegurar los montos dejados de pagar por el contribuyente.

“Esto viola el principio del debido proceso establecido en la Constitución de la República Bolivariana Venezuela”, advierte Gil.

Detalló que esta ley específicamente viola nueve principios constitucionales en el ámbito tributario, entre ellos el de legalidad, reflejado en los artículos 316 y 317 de la Constitución; también de capacidad económica, progresividad, irretroactividad, justicia, igualdad, determinación y certeza.

Así mismo sostuvo que, aunado a lo expuesto anteriormente aunado a que esta norma fue elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente, que no está facultada para elaborar leyes.

“El único poder constituido para elaborar esta leyes es el poder legislativo representado en la Asamblea Nacional”.

Recomendaciones

Ante los distintos aspectos que desglosa sobre esta obligación, Gil sugiere que en un futuro se respete, al momento de aplicar leyes, el principio de legalidad y de capacidad económica.

Justificó recomendación destacando que esta ley también afecta a las empresas que están si actividad económica y que, aún así, deben hacer la debida declaración.

Aseguró que en la actualidad, cuando las empresas están pasando una situación económica sumamente difícil “no es el momento oportuno para crear nuevos impuestos”.

Aconsejó que en un futuro pueda existir una armonización de los impuestos nacionales, estadales y municipales, a fin de reactivar la productividad y así poder atraer las inversiones extranjeras y tener seguridad jurídica.

También indicó que, siguiendo los lineamientos correctos, se podría propiciar confianza a los inversionistas, que de como resultado reactivación, y mayor productividad.

Falta de cultura tributaria

En Venezuela hace falta la cultura tributaria, según menciona Pedro Cambridge, Presidente del Colegio de Contadores.

Señaló como importante recordar que en todos los países del mundo se usan los impuestos como medida para distribuir ingresos producto de las riquezas de una nación.

La falta de esta costumbre provoca sorpresa en los venezolanos cuando se impone una nueva norma tributaria.

Aún así, reconoció que, a causa de muchas circunstancias que está viviendo el país producto de la “hiperinflación galopante”, el presidente de la nación, Nicolás Maduro, se ha visto en la necesidad de crear, “casi que de manera improvisada, atropellada, impuestos que en otros lados son normales”.

Mencionó que en el país se ve de manera distinta, porque anteriormente los ciudadanos estaban habituados a vivir de las riquezas del petróleo.

De esta forma, cuando baja la producción del petroleo y ya no hay para subsidiar las necesidades, resulta sorprendente un impuesto.

Mencionó que “a veces no tenemos la infraestructura, refiriéndome al Seniat, para poder seguir elaborando foros importantes y necesarios para la vida del país” porque es esencial seguir haciendo entender a los venezolanos que se debe cumplir con las obligaciones económicas.

Pero, recalcó que los impuestos deben cobrarse de forma que no atropellen, sino que se busque tratar de convencer a los contribuyentes de que están coadyuvando, en la medida de sus riquezas, a lo que es la justa distribución del patrimonio del país, “esa debería ser la visión”.

 

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