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Instan a empresarios a “cubrirse las espaldas” ante aumento salarial

El especialista en derecho mercantil y laboral acotó que los patronos deben cumplir con los derechos laborales.
lunes, 04 abril 2022
Archivo | Sector privado ha estado pagando sueldos en divisas

Luego de la publicación en Gaceta Oficial del aumento salarial y del cestaticket, el abogado Ramón Sosa instó a empresarios a cumplir con los derechos laborales de los trabajadores.

Durante un foro realizado el viernes 1 de abril, en el Hotel Plaza Merú, el especialista en derecho mercantil y laboral resaltó que los empresarios pasaron 15 días en incertidumbre hasta que se publicó el decreto.

“Todos nos preguntábamos cómo vamos a saber los bonos que va a impactar (…) El decreto salió publicado en los mismos términos que los anteriores, es decir, no se dijo nada del fulano Petro”, afirmó.

El aumento salarial se fijó en Bolívar, descartando el anclaje al Petro que ya se había convertido en un “dolor de cabeza para los empresarios”.

Sosa relató que el Petro es una criptomoneda que está respaldada con el petróleo, cuyo precio ha aumentado considerablemente tras la guerra entre Rusia y Ucrania.

Contó que surgieron varias preguntas ante las proyecciones de los dueños de empresas para pagar los salarios, sin embargo, el aumento fue en los mismos términos cuantitativos y cualitativos de años anteriores.

El salario mínimo pasó de siete a 130 bolívares. Sosa resaltó que el impacto en el sector público es enorme, mientras que, en el privado “las empresas tenían rato pagando muchísimo más de los siete bolívares, pagando en divisas.

No obstante, el especialista en derecho laboral indicó que existen empresarios que están pagando sin tener evidencias de nada.

“No saben las consecuencias que puede tener eso, lo cuidadoso que deben ser con el pago en divisas y no se están cubriendo las espaldas”, alertó.

Reforma de ley

El abogado informó que el aumento salarial fue de 1757,1 %, lo que tradujo en una cantidad “exageradamente alta”.

Aunque las empresas del sector privado vienen pagando más de siete bolívares, tendrán impacto en las prestaciones sociales.

“Ahora legalmente vas a tener que impactarle las prestaciones sociales hacia atrás y allí es donde viene uno de los problemas, porque el empresario sigue en una incertidumbre”, opinó Sosa.

El abogado mercantil hizo un llamado a forzar que se reforme la Ley Orgánica de Trabajo, ya que “no protege a nadie” y las prestaciones sociales, que son cobradas al momento de que se retire el trabajador, son devaluadas.

“Es una cosa totalmente injusta. Debemos exigir que eso se reforme para que haya sinceridad en relaciones laborales, hay que buscar la manera de cambiar esto”, afirmó.

Con el aumento salarial, un trabajador pasó de costar 155 bolívares al año a 2.759 bolívares, sin contar con los derechos laborales.

Incluyendo las obligaciones de ley como el Seguro Social, vivienda, paro forzoso e inscripción en el Inces, como beneficios y parafiscales, se llegaría a un monto de 2.999,54 bolívares por trabajador.

“Los derechos laborales son irrenunciables (…) Si no se pagan eso es un problema para el empresario”, aseguró el abogado. 

Recibo

Sosa señaló que en el artículo 106 de la Ley Orgánica del Trabajo se refiere al que el patrono va a entregar al trabajador un recibo con la descripción de todos los beneficios que está generando y las deducciones.

El incumplimiento de dicha obligación “hará presumir salvo prueba en contrario el salario alegado por el trabajador”.

El abogado aclaró que si el trabajador presenta una demanda en un tribunal, junto a dos testigos que confirmen su posición en la empresa, le corresponderá al patrono probar los efectos liberatorios.

Citó el artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para explicar que luego de demostrar la relación laboral, el trabajador no debe probar nada más sino la empresa.

“Hay que tener cuidado, si no tiene un recibo firmado y se ampara en este artículo, pueden condenar al patrono, quien tiene que demostrar con un documento, que en este caso sería el listín”, acotó.

Cestaticket

El especialista en derecho laboral habló sobre el aumento del cestaticket como un “brinco gigantesco”.

El bono de alimentación pasó de tres a 45 bolívares, lo que se traduce en un aumento del 1.400 %, sin embargo, no tiene impacto en prestaciones sociales.

“Pero yo he visto en varias situaciones de empresas que depositan el cestaticket al trabajador en su cuenta, eso no se puede hacer porque si no es salario”, apuntó.

De igual forma, el abogado indicó que la ley brinda la oportunidad de notificar a la Inspectoría del Trabajo cuando existan circunstancias excepcionales para pagarlo en efectivo. 

“Puede ser también que la empresa no tenga capacidad o que se le haga muy oneroso cumplir con la obligación. Hay empresas autorizadas para el pago del cestaticket, que cobran un porcentaje considerable, usted puede alegar, circunstanciar, probar esta situación”, recomendó.

Si no se cumplen con estas excepciones, se puede tomar como salario para la base de cálculo de las prestaciones sociales e incurrir en una ilegalidad que en un futuro puede salir costosa, según Sosa.

“(El aumento salarial) al sector público si le pegó en los dos lados. Estamos en esta situación y hay que seguir remando”, expresó el abogado. 

Recomendaciones

El abogado Ramón Sosa recomendó a los empresarios buscar asesorías de profesionales para manejar de la mejor manera las relaciones laborales.

Instó a no dejar de entregar recibos de pagos y buscar alternativas, por medio de auditorías laborales, que puedan ayudar a detectar debilidades y potencialidades de una empresa.

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