Educar evita los delitos ambientales
Parte del desarrollo emocional, espiritual e intelectual del ser humano viene del contacto con la naturaleza; así que la preservación del medio ambiente es fundamental para el planeta tierra.
Las áreas verdes, el agua y la reproducción de animales representan la vida y la ayuda a cubrir las necesidades humanas. Por ello en Venezuela se crearon Fiscalías en Defensa Integral del Ambiente y Delito Ambiental, en las que están especificados los delitos en perjuicios del ambiente: la tala indiscriminada, incendio de zonas naturales, contaminación del mar, playas, lagos y ríos.
En materia ambiental, según el artículo 22 de la Ley Penal del Ambiente, el conocimiento de los delitos ambientales corresponde a la jurisdicción penal ordinaria, rigiéndose para esto por las disposiciones contenidas en el Código Orgánico Procesal Penal y la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En este sentido, existentes en la legislación nacional, sólo los delitos contenidos en los artículos 33, aparte único, 48, 50 y 54 de la Ley Penal del Ambiente, referidos a incendios de plantaciones, incendios de vegetación natural y difusión de gérmenes.
El equipo reporteril del Diario PRIMICIA, contactó a un Fiscal en materia Ambiental del estado Bolívar, quien prefirió no ser identificado, detalló, que en la entidad desde el Ministerio Público (MP) están enfocados en promover y brindar más educación respecto al tema, con la intención de mejorar y mantener la conservación del ecosistema, bajo la supervisión de Orlando Alcalá, Fiscal Superior con competencias en la región bolivarense.
Desde esta oficina pública se considera necesario educar para evitar cometer delitos ambientales penalizados por las leyes del Estado.
El traslado de combustible, la quema de áreas verdes, minería ilegal y la Contravención de los Planes de Ordenamiento del Territorio -tala de árboles-, y la Caza Ilícita de la fauna silvestre, son los delitos que comprende la Fiscalías del Ambiente.
El Fiscal de Ambiente indicó que están aplicando la acción penal, a aquel que atente contra la reserva ambiental.
En el estado Bolívar en los últimos meses se ha reflejado mayormente en el manejo indebido de sustancias peligrosas; como el traslado de combustible sin la debida permisología de Pdvsa.
“Castigamos toda conducta indebida en contra de la naturaleza. En lo que va de mes hemos puesto tras las rejas a cinco personas por este delito”, puntualizó.
En cuanto al trabajo ilegal de la minería, expresó que también están atacando la irregularidad.
Recalcó que la legalidad de los yacimiento mineros, deben estar inscritos bajo los lineamientos del Arco Minero, promulgado por el Gobierno nacional.
Respecto a la quema y tala de árboles, comunicó que en lo que va de año, no han imputado a personas por el delito, sin embargo, están investigando la quema forestal del área del parque Loefling, ocurrida el pasado mes de abril.
Por la Caza Ilícita, hasta la fecha cuatro detenidos; entre ellos uno de procedencia guyanesa, que pretendía llevar aves a Guyana para tráfico.
Fue tajante al recalcar que la conducta que este tipificada como delito, será castigada.
“El causante del daño o amenaza, se procesa respaldándose en la Ley Penal del Ambiente, artículo 12, que contempla las medidas precautelativas que no sólo comprende una medida penalmente; medidas de carácter ambiental que solicitamos al tribunal que bien puede ser una orden de presentación periódicamente y con servicio comunitario; es decir la siembra de árboles y la mejora del mismo espacio ambiental al que produjo o intentó dañar”.
Labor ecológica
En Guayana, hay organizaciones que se preocupan por el medio ambiente y realizan actividades ecológicas en beneficio del mismo.
Hablar de programas ambientales, es mencionar a la Fundación Guayanita. Sus integrantes se preocupan por concienciar a la sociedad, sobre el cuidado del ambiente, a través del reciclaje.
Yesmin Salcedo es la presidenta de Guayanita. Informó que están llegando a las comunidades del municipio Caroní, para educar y motivar al reciclaje.
Dijo que actualmente, el tema de los desechos sólidos en las principales avenidas de la ciudad, es un problema grave que daña el medio ambiente y eso no estuviera sucediendo si los organismos institucionales aplicaran las ordenanzas correspondientes, pero más aun si el reciclaje fuese prioridad para los guayaneses.
“Es un tema de educación. Si promoviéramos más la educación, tendríamos más cuidadas nuestras áreas verdes y evitáramos caer en delitos contra la naturaleza”.
Expresó que la basura “es la bestia de mil cabezas que acabará con nuestro medio ambiente si no se aplican los correctivos necesarios, como el reciclaje”.
Otros de los enfocados por mejorar el ambiente, son los clubes Rotarios de Ciudad Guayana.
Los agremiados con frecuencia realizan jornadas de siembra, desmalezamiento y limpieza de árboles contaminados con el parásito “guatepajarito”.
Otra de las gestiones ambientales que se están ejecutando en Guayana, es la recuperación del parque Cachamay.
Las autoridades de la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), realizan trabajos de desmalezamiento y mejoras en la cerca perimetral para el resguardo de los propios y visitantes.
El parque La Llovizna es otra de las reservas naturales de la entidad. Sus áreas y el contacto con la naturaleza, es ideal para el disfrute y recreación de grandes y pequeños.
En años anteriores se habían registrado incendios, pero según las averiguaciones de los entes competentes para ese entonces, no eran provocados por la humanidad.
Antecedentes
Solo las Constituciones de 1925, 1929, 1936, 1947 y 1961, otorgaban una importancia de orden económico a la cuestión ambiental.
Lo que se refiere a que estos principios constitucionales se desarrollaron en las leyes que para el momento fueron promulgadas en esta materia: Ley de Bosques de 1910, Leyes de Montes y de Aguas de 1919 y 1921, Ley Forestal de Suelos y Aguas de 1966 y la Ley de Protección a la Fauna Silvestre de 1970.
Entonces en Venezuela existía una diversidad de instrumentos jurídicos dictados en diferentes épocas y bajo diferentes perspectivas, que daban como resultado una visión fragmentaria de la materia ambiental, la cual concebía los recursos naturales renovables aislados unos de otros.
Aunque era notorio que contaba con gran cantidad de normas legales útiles para la protección de los recursos naturales y el ambiente, a excepción de la Ley Forestal de Suelos y Aguas y la Ley de Protección a la Fauna Silvestre, esta legislación no podía considerarse en sentido estricto legislación ambiental, ya que fue dictada mayormente con fines distintos a los del derecho ambiental, porque estaba enfocada en proteger los recursos como bienes de propiedad y en ocasiones con fines éticos.
Con la promulgación en 1976, de las Leyes Orgánicas del Ambiente y de la Administración Central que se inicia el desarrollo del derecho ambiental y la gestión pública del ambiente por órgano del entonces creado: Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables.
Esta iniciativa no fue un hecho aislado, sino una consecuencia de las estrategias y orientaciones generales de la política mundial que fueron adoptadas por los países, y que tenían fundamento en los principios contenidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente.
A partir de estas Leyes se han promulgado diversos instrumentos en la materia, que integran el marco jurídico ambiental en Venezuela. Entre ellas podemos mencionar la Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio, Ley Penal del Ambiente, Ley de Diversidad Biológica, Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares, Ley de Minas, Ley de Costas, Ley de Pesca y Acuicultura, entre otras, además de Leyes Aprobatorias, Reglamentos, Decretos y Resoluciones.
En la Constitución de 1999 se consagra dentro del Título III, De los Derechos Humanos y Garantías y de los Deberes, el Capítulo de los Derechos Ambientales que establece las garantías destinadas a la protección del ambiente y el derecho individual y colectivo del mismo.
Aún cuando, se observa que en otras disposiciones del texto constitucional, se enuncian principios orientadores del Estado venezolano en la materia, lo cual evidencia la transversalidad de la misma como eje fundamental de la carta magna.
Planificación
La evaluación y satisfacción de las necesidades ambientales se materializan a través de la formulación de políticas públicas o de Estado, cuya responsabilidad recae en el Poder Ejecutivo, que en nuestro país principalmente corresponde al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.
Entonces la administración pública debe velar por la programación, planificación, prohibiciones directas de actividades, autorizaciones y licencias, hasta el ejercicio de la potestad sancionadora.
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