Sundde: Colegios privados incumplen la ley con el cobro de matrículas en divisas
El Intendente Nacional para la Protección del Salario del Obrero y la Obrera de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), José Luis Jiménez Mirabal aclaró que condicionar pagos en dólares o monedas distintas al bolívar en el servicio educativo se está incurriendo en una transgresión del artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por ende, de la Ley Orgánica de Precios Justos, específicamente de acuerdo a lo contemplado en el artículo 56 del Decreto N° 2.092, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
Durante su participación en el programa radial Al Aire con MinComercio, Jiménez agregó que el artículo 318 de la Constitución contempla que “la unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el bolívar”, por lo tanto, no se permite el cobro condicionado en dólares o divisas distintas a la moneda de circulación nacional.
Reiteró que la Sundde continúa con el proceso de citación de los dueños de aquellos colegios, en donde se han formalizado denuncias por incumplimiento de las resoluciones 027 y 114, que son las normas que regulan el procedimiento para determinar el cobro de mensualidades y matrículas en cada institución educativa de gestión privada, inscrita o registrada, del subsistema de educación básica.
Agregó que más de 17 mil comercios han sido exhortados a cumplir a cabalidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Precios Justos y la Ley de Precios Acordados, a través de un plan de diálogo constructivo de orientación, sin dejar de aplicar sanciones a los comercios que han hecho caso omiso a los exhortos realizados por la Sundde, y los mismos serían sancionados con lo establecido en la Ley.
«Hasta la fecha se han visitado unos 17 mil comercios, y hemos podido observar diversas respuestas, algunas positivas, otras negativas, otras neutras, pues existen comerciantes honestos, pero hay otros a los que no les gusta cumplir las leyes», puntualizó.
Haciendo referencia al artículo 318 de la Carta Magna, aclaró que en los comercios los precios deben ser exhibidos en bolívares, quedando potestativo de los comerciantes ofrecer la opción de que el usuario realice el pago en otro tipo de moneda.
“Invitamos a nuestros usuarios a realizar de forma sencilla sus denuncias a través de una llamada telefónica al 0800 LO JUSTO (0800 56 58786) o también pueden visitar nuestras oficinas de la Sundde en cualquiera de las 24 oficinas de coordinación en territorio nacional”, puntualizó.
Por otra parte, aseveró que las clases obreras organizadas en Consejos Productivos de Trabajadores (CPT), cuando detectan irregularidades en sus respectivos lugares de trabajo generan alertas tempranas y desde la Intendencia se procede de inmediato al análisis y estudio del caso, para actuar finalmente de acuerdo a la normativa legal vigente.
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